Publicidad
DEBERÁ INDEMNIZAR A LA VÍCTIMA CON 30.000 EUROS
Condenan a 10 años de cárcel a un ciudadano de Sevilla por violar a su hija discapacitada durante cuatro años
Un padre boliviano de Sevilla es condenado por la Audiencia a diez años de cárcel por violar a su hija de 20 años de edad y con una discapacidad del 69%. También prohíben al acusado acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante once años.
La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a diez años de cárcel a un ciudadano boliviano por violar en varias ocasiones a su hija, de 20 años y con una discapacidad del 69%, y a la cual instaba a no contar nada a la familia "porque si lo contaba lo iban a meter preso".
La Sección Primera de la Audiencia, condena a Juan Carlos A.B. a diez años de prisión y al pago de una indemnización de 30.000 euros por un delito continuado de abuso sexual, así como a la prohibición de acercarse a menos de 500 metros a su hija durante once años.
El Tribunal considera probado que el procesado, en fechas no concretadas pero comprendidas entre los años 2009 y 2012, "guiado por un ánimo libidinoso y aprovechando la debilidad" de su hija, le realizó "de forma indiscriminada" tocamientos "reiterados" tanto en los senos como en los genitales, llegando a penetrarla en varias de esas ocasiones vaginalmente.
Estos episodios se produjeron en el domicilio familiar y, cuando el matrimonio se separó, pasaron a tener lugar también en la vivienda del acusado, dice la Audiencia, que asegura que la víctima está diagnosticada de retraso mental de leve a moderado, con crisis convulsivas generalizadas por sufrimiento perinatal, lo que provoca "cierta" afectación de la memoria en cuanto a fijar fechas pasadas, pero no en cuanto al relato de hechos.
La Audiencia considera que el testimonio prestado por la joven "ha sido claro, lógico, preciso, coherente, y persistente y lineal a lo largo del proceso, y lo valoramos sin obviar su discapacidad y su afectación de la memoria en cuanto a fijar fechas pasadas", y a ello se suma que el testimonio es "sincero y creíble".
"No hemos encontrado causa alguna por la que la víctima pudiera haber prestado contra su padre un testimonio de la trascendencia y gravedad del que hemos oído en el juicio", asegura el Tribunal.
De este modo, la joven "ha relatado lo sucedido entre su padre y ella de modo preciso, no ha eludido ninguna pregunta y su relato ha sido detallado en cuanto a los actos de contenido sexual a los que era sometida por su padre, narrando que en ocasiones su padre usaba preservativos y en ocasiones no y que estos hechos habían pasado muchas veces".
Además, la madre de la menor corroboró que esta le contó que "su padre le tocaba y que la penetraba cada vez que tenía contacto de contenido sexual con ella, y que no lo había contado porque su padre le había dicho que si lo contaba él iría preso", a lo que se suman las periciales del servicio de Psiquiatría Forense del Instituto de Medicina Legal, que pusieron de manifiesto la huella psicológica por la situación vivida por la víctima.
Por su parte, el acusado negó los hechos e incluso que llevara a su hija a su vivienda tras su separación matrimonial, y si bien admitió que acudía a casa de su exesposa tras dicha separación, afirmó que iba temprano para llevar a su hijo al colegio y que "nunca" permaneció a solas en la casa familiar con la joven.
Finalmente la Audiencia condena al acusado a diez años de cárcel y al pago de una indemnización de 30.000 euros "atendiendo a la gravedad de los hechos y a la duración de los mismos, la importancia de la repulsa social que generalmente merecen y las condiciones personales de la víctima, y en concreto su discapacidad".
Publicidad