Juicio 'procés'

El Tribunal Supremo revisa el tercer grado de los condenados por el 'procés'

Los magistrados que condenaron a los dirigentes independentistas del 'procés' estudian los recursos a favor y en contra de la concesión del tercer grado que les permitiría un régimen de semilibertad: ir a la cárcel solamente a dormir los días laborables.

A3 Noticias 1 (02-07-20) Las cárceles catalanas conceden el tercer grado a los presos del 'procés'

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El Tribunal Supremo estudia los recursos de la Fiscalía contra el régimen de tercer grado concedido a los nueve condenados a prisión por el 'procés' en Cataluña, del que sólo disfrutan la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y la exconsellera Dolors Bassa al tenerlo el resto suspendido.

Recurso de la fiscalía

Los magistrados que juzgaron a los líderes independentistas se reúnen para la deliberación y resolución de los recursos que interpuso la Fiscalía contra el tercer grado y contra la aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario que se concedió a los presos antes de otorgarles la semilibertad. Aunque los nueve líderes independentistas condenados a penas de cárcel tienen avalado por el juzgado de vigilancia penitenciaria el tercer grado que la Generalitat les otorgó en julio, los siete que se encuentran en la cárcel de Lledoners lo tienen suspendido, a la espera de que el Supremo resuelva el recurso del fiscal. No así Carme Forcadell y Dolors Bassa, a quienes el juzgado de vigilancia penitenciaria del que dependen ambas declinó suspender el régimen de semilibertad del que las presas siguen disfrutando y que sólo les obliga a volver al recinto penitenciario a dormir, de lunes a jueves. La Fiscalía también recurrió esta decisión al Supremo.

Recursos de los condenados

Los magistrados revisarán también los recursos que los presos de Lledoners interpusieron contra la suspensión del tercer grado, quienes tampoco gozan del régimen flexible del que disfrutaban en segundo grado gracias al artículo 100.2, que les permitía salir para trabajar, cuidar familiares y hacer voluntariado, y que la Fiscalía también recurrió. Sobre este artículo 100.2 ya se ha pronunciado el Supremo en relación con Forcadell en un duro auto donde revocaba las salidas concedidas antes de disfrutar de su tercer grado y en el que tachaba de "injustificable" ese régimen de semilibertad "de facto".

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