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Doble decisión

El Tribunal Supremo mantiene a Oriol Junqueras en la cárcel

El exvicepresidente de la Generalitat y líder de ERC, Oriol Junqueras, no podrá salir de la cárcel ni acreditarse como diputado en el Parlamento Europeo. El Tribunal Supremo, en dos decisiones coincidentes, le mantiene inhabilitado y sin posibilidad de actividad política al estar condenado en sentencia firme.

La sala segunda del Tribunal Supremo mantiene a Oriol Juqueras en la cárcel y no le permite salir para tomar posesión como europarlamentario. La razón es que está condenado en firme y no puede ser ya diputado. Reconoce que le debió dejar salir, pero que ahora ya está condenado a 13 años de cárcel y 13 de inhabilitación. Tampoco pedirá un suplicatorio al parlamento por la misma razón, ya está condenado, no se trata de pedir permiso para iniciar un proceso.

Y además responde a los que decían que se podía anular el juicio del 'procés': la vista terminó un día antes de que Junqueras fuera elegido y por lo tanto no tenía ninguna inmunidad en aquel momento. La Sala de lo Penal ha debatido cómo aplicaba la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que reconoció la inmunidad como miembro de la eurocámara del exvicepresidente de la Generalitat de Cataluña condenado por sedición.

Este debate es el esencial, pues resuelve sobre el fondo y es del que dependía una eventual excarcelación del líder independentista. Los siete magistrados que juzgaron a Junqueras tenían sobre la mesa dos peticiones muy diferentes. Por un lado la de la Fiscalía, que defiende que ya no cabe aplicar la inmunidad en el caso de Junqueras porque ya no es un preso preventivo, sino un condenado en firme que debe ser por ello inhabilitado para ejercer en la Eurocámara; y por otro la de la Abogacía del Estado, a favor de que pueda acudir a Bruselas a obtener su acta en tanto se solicita al Parlamento Europeo que se suspenda su inmunidad. Para la sala ha prevalecido la argumentación de la fiscalía.

Respaldo también a la inhablitación de la Junta Electoral

Otros magistrados del Supremo han tomado una decisión parecida, contestando a otro recurso. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha rechazado suspender de urgencia la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) que negó al líder de ERC en prisión la credencial de eurodiputado. Los magistrados consideran que al existir ya condena firme contra él por sedición no les compete inmiscuirse en su ejecución.

En este asunto los magistrados sólo han decidido sobre la medida con carácter cautelarísimo -es decir, sin tener que escuchar al resto de partes- y falta aún conocer dos aspectos concretos del litigio: se volverá a pronunciar sobre su suspensión una vez oídas las alegaciones citadas y después estudiará el fondo de la cuestión, relativo a si el acuerdo de la JEC se ajusta o no a derecho. El auto concluye recordando que "la prevalencia obligada a la jurisdicción del orden penal impiden a esta Sala adoptar decisiones que pudieran interferir en la ejecución de una sentencia penal firme o entorpecer la eficacia de sus pronunciamientos".

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