El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la pena de un año de cárcel que impuso la Audiencia Nacional a un exconcejal de ANV en Gernika (Vizcaya), Jesús María Alberdi, y al diseñador gráfico Francisco Javier Etayo, por incluir una decena de fotos de presos de ETA en el programa de fiestas de 2009. La Sala de lo Penal del Supremo ha rechazado el recurso de ambos, al entender que el "objetivo de la inclusión de tales fotografías" "no tiene otro fin que la difusión pública de la alabanza" de esos etarras, cuyo "nexo común" es el haber sido condenados o procesados por participar en actividades terroristas.
El Supremo se reafirma así en el argumento que esgrimió en una anterior sentencia en la que, aunque confirmó la absolución de los miembros de la comparsa "Txori Barrote" por no poder determinar que fueran ellos quienes colocaron carteles con fotos de etarras en las fiestas de Bilbao en 2008, discrepó de la Audiencia Nacional en que la exhibición de esas fotos no era constitutiva de delito.
En aquella ocasión el Supremo estableció que la exhibición de esas fotografías sí encaja en el tipo penal de enaltecimiento en su vertiente de "justificación" de acciones terroristas, y lo calificó de "apología de los verdugos".
En esta nueva resolución, de la que ha sido ponente Juan Ramón Berdugo, el Supremo reitera que "el propio carácter del fenómeno terrorista justifica ampliamente" la figura delictiva del enaltecimiento del terrorismo, al tratarse de "una fenomenología delictiva de enorme importancia social, en la que incluso personas o grupos inicialmente ajenos a la propia actividad ilícita contribuyen a ella, reforzando su actuación mediante mensajes de justificación y claro apoyo".
El Supremo considera por tanto que los dos acusados actuaron de "mutuo acuerdo" -uno "como autor material" (el diseñador gráfico) y el otro, el exedil, "en calidad" de concejal-, para insertar en el programa de fiestas las fotografías de nueve presos junto al texto "no podemos ser nada sin ellos", así como una fotografía del miembro de ETA Jon Auza, desaparecido y hallado muerto en Francia, junto al que figuraban los interrogantes "¿secuestrado?", "¿torturado"?, "¿asesinado?".
La Sala destaca además la difusión que tuvieron estos programas, de los que se imprimieron 6.000 ejemplares que se repartieron gratuitamente por diferentes establecimientos de la localidad, así como en la Oficina de Turismo. Iniciativas como esta "en el contexto de las fiestas patronales" tiene "un evidente significado de ensalzamiento de las conductas ilícitas cometidas por los condenados por delitos de terrorismo, y de sus autores", insiste el Supremo parafraseando otra sentencia en la que el alto tribunal confirmó la condena a dos vecinos de Amurrio (Álava) por homenajear a dos etarras nombrándoles "reina" y "dama de honor" de las fiestas patronales de agosto de 2005