Ayudas por hijo

La Seguridad Social da una ayuda de 1.000 euros por cada hijo menor de esta edad si cumples estos requisitos

Esta ayuda está pensada para aliviar los gastos que supone la llegada de un nuevo hijo/a, ya sea por nacimiento o adopción.

Bebé recién nacido

Bebé recién nacidoPixabay

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La llegada de un nuevo hijo/a al hogar es un momento mágico, un instante único que permanecerá para siempre en tu memoria. Si has experimentado esto, seguro que no dejas de sonreír cuando miras a tu bebé y te vienen a la cabeza una gran cantidad de planes que os quedan por delante juntos. Ahora bien, este es el lado positivo, pero si tienes un hijo/a también significa gastos, gastos y más gastos. Y la Seguridad Social lo sabe. Por este motivo, ofrece una ayuda económica de 1.000 euros por cada hijo/a nacido o adoptado, destinada especialmente a aquellas familias que más lo necesitan.

Esta prestación busca aliviar el impacto económico que supone la crianza de un menor, y está pensada para hogares monoparentales, familias numerosas o con ingresos limitados. Si cumples con los requisitos establecidos, podrás solicitarla fácilmente y contar con un apoyo extra en un momento tan importante.

Requisitos para solicitar los 1.000 de ayuda por nacimiento o adopción

Esta ayuda se concede en un pago único de 1.000 euros por hijo/a menor de 17 años, siempre que se cumplan todos los requisitos:

  • Residir en España de forma legal.
  • No recibir ingresos anuales superiores a los límites que aparecen recogidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE). Cuando se da el caso de que los dos progenitores están conviviendo, hay que sumar las rentas de ambos y si se supera el máximo que establece la Seguridad Social, no podrán ser beneficiarios de la ayuda.
  • Los hijos/as deben haber nacido a partir del 16 de noviembre de 2007.
  • Encontrarse en alguna de estas situaciones: familia numerosa, familia monoparental o casos en los que alguna de las personas progenitoras tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 65%. Ninguna de las personas progenitoras recibe prestaciones similares por parte de mutualidades o de otro organismo público de servicios sociales.

Cuando la Seguridad Social habla de “familia numerosa” se considerará como tal según lo que establece la Ley 40/2003 del 18 de noviembre de protección de familia numerosa. Las monoparentales se considerarán así cuando haya un sólo progenitor con el que convive el hijo nacido o adoptado y sea el único sustentador.

Cómo solicitar la ayuda por hijo

Si te interesa esta ayuda de la Seguridad Social y cumples todos los requisitos establecidos, puedes solicitarla:

De forma presencial, en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), lo que te obliga a pedir cita en el INSS. De forma telemática, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Para realizar la solicitud, necesitarás:

  • Documentos de identidad de las personas progenitoras.
  • Libro de familia o certificados de nacimiento de las hijas o hijos expedidos por el Registro Civil.
  • Justificante de ingresos.

Además, podrías necesitar documentos adicionales en función de la situación.

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