Regalos
Hacienda avisa sobre el dinero regalado en las comuniones: así se evitan multas
Así se puede evitar una multa de Hacienda al recibir los regalos de comuniones o bodas.
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En épocas de Navidad o en eventos como bautizos, bodas y comuniones es común que la atención se centre en los aspectos emocionales y festivos. Los regalos se dejan en segundo plano junto con las implicaciones fiscales que se les asocian.
Hay quienes elaboran largas listas de regalos para que los invitados puedan escoger y también existen los que arriesgan y eligen por su cuenta algo que creen que le va a gustar a la otra persona. En otras ocasiones, el regalo es más sencillo: un sobre con dinero, una transferencia bancaria o un bizum .
Aunque este último regalo parezca uno más es importante conocer la normativa tributaria que regula los regalos de comunión. También en los regalos que se hacen en una boda o en otras celebraciones para evitar posibles sanciones de Hacienda.
Los regalos de dinero tributan como una donación y se regulan por la Ley 29/1987. Esta ley considera que los regalos de boda o comuniones recibidos por los cónyuges no tienen la consideración de incrementos de patrimonio sujetos a tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, no implica que no estén exentos de declararse o informar a Hacienda.
Los regalos en efectivo están sujetos a las mismas normas. Por ello, un regalo de cuantía considerable en efectivo podría requerir ser declarado si se considera un incremento de patrimonio.
Sanciones de Hacienda
Según la ley, estos regalos son "adquisiciones de bienes y derechos por donación cualquier otro negocio jurídico a título gratuito entre intervivos" y que pueden sufrir sanciones si exceden cierta cantidad sin declarar. En el caso de no informar sobre dichos regalos, la Agencia Tributaria puede imponer multas cuya cifra varía según la gravedad de la infracción y el importe no declarado.
Para evitarlo, se recomienda llevar un registro detallado sobre todo si son regalos de cantidades elevadas de dinero. Pero ante la duda se recomienda consultar con un asesor fiscal.
¿Qué limite tiene Hacienda?
Como se indica anteriormente, entregar dinero se considera una donación, por lo que está sujeto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, según lo establecido por la Ley 29/1987. Dicha ley contempla que todas las cantidades deberán ser declaradas, aunque Hacienda centrará sus investigaciones en las transacciones que superen los 3.000 euros o que involucren billetes de 500 euros.
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Además, el límite de las transferencias entre amigos o familiares para regalos de boda, comuniones o bautizos o podrá superar los 6.000 euros. En caso de que superen, los bancos estarán obligados a avisar a Hacienda según la Ley de Blanqueo de Capitales.
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