La candidata de Ahora Madrid a la Alcaldía de Madrid, Manuela Carmena

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CREE QUE FUE VULNERA LA CONSTITUCIÓN

El Ayuntamiento de Madrid recurrirá ante el TSJM la suspensión del acto a favor del referéndum

Según la versión que el Ayuntamiento expone al juez José Yusty, en ninguno de los documentos del expediente municipal" consta que el acto fuese "en apoyo o debate sobre unas leyes dejadas en suspenso por el Tribunal Constitucional".

El Ayuntamiento de Madrid considera que el auto por el que un juzgado suspendió de forma cautelar un acto en favor del referéndum de Cataluña en un edificio municipal vulnera "valores y principios constitucionales" y derechos fundamentales como la libertad de expresión o ideológica de los convocantes. Así consta en el escrito de alegaciones presentado esta mañana ante el juzgado de lo contencioso número 3 de Madrid, que decretó la suspensión cautelar, a instancias del PP, del acto que la asociación Madrileños por el Derecho a Decidir iba a realizar en un espacio del centro cultural Matadero, de propiedad municipal.

El escrito contra el auto del juez José Yusty, sostiene que esta suspensión "vulnera valores y principios constitucionales claramente implicados", así como varios derechos fundamentales. Según el Gobierno que dirige la exjueza Manuela Carmena, además de no respetar la libertad ideológica y de expresión, con la suspensión cautelar se vulneran los derechos fundamentales de reunión y de asociación, el derecho a la tutela jurídica, el derecho constitucional a la autonomía de los municipios en la gestión de sus respectivos intereses, además del derecho a la igualdad.

"Las opiniones manifestadas pueden molestar, inquietar o disgustar al grupo municipal recurrente o a otras personas, pero, como muy bien señala el Tribunal Constitucional, la libertad de expresión vale no solo para la difusión de ideas u opiniones acogidas con favor o consideradas inofensivas o indiferentes, sino también para aquellas que contrarían, chocan o inquietan al Estado", defiende el escrito de alegaciones.

Según la versión que el Ayuntamiento expone al juez José Yusty, en ninguno de los documentos del expediente municipal" consta que el acto fuese "en apoyo o debate sobre unas leyes dejadas en suspenso por el Tribunal Constitucional". Este acto, que los organizadores han dicho que mantendrán en otro espacio, pedía que "se realicen consultas sobre los necesarios cambios políticos y sociales que hay que introducir en el régimen del 78, surgido de una transición tutelada".

Por ello, sostiene el escrito municipal, el juzgado considera "erróneamente" que el acto para cuya celebración se ha cedido el espacio está afectado por las providencias dictadas por el Tribunal Constitucional de suspensión de la ley del referéndum de Cataluña. El equipo liderado por la exjueza denuncia que "no se sostiene jurídicamente de ninguna manera" la argumentación del PP, amparada por el juez, de que "lo que sería legal en la calle es ilegal en un espacio municipal".

El Consistorio explica también que el decreto de la concejal presidenta del distrito de Arganzuela, Rommy Arce, por el que se autoriza la cesión del espacio a la entidad Madrileños por el Derecho a Decidir es "formal y materialmente ajustado a derecho".

Por ello, el Ayuntamiento de Madrid pide de forma principal la inadmisión a trámite del recurso del PP, y, subsidiariamente, la reversión de la suspensión cautelar del acto, previsto para este domingo. Mantener esa suspensión, según el Consistorio, "produciría perturbación grave para los intereses generales que representa el Ayuntamiento de Madrid y daños irreversibles para los intereses particulares de los promotores del acto y de los ciudadanos que pretendieran asistir al mismo".

El juez ha rechazado las alegaciones que ha presentado el Ayuntamiento en las que, entre otras cuestiones, defendía que la suspensión cautelar del acto en favor del referéndum de Cataluña en un edificio municipal vulnera "valores y principios constitucionales" y derechos fundamentales como la libertad de expresión o ideológica de los convocantes. En su respuesta, expone el juez que no se trata de una cuestión política, sino de el uso de bienes municipales.

"La libertad de expresión se puede ejercer en multitud de lugares, como cines, teatros, en incluso en las calles y plazas públicas", expone. El Ayuntamiento, considera que el argumento de que el auto no afecta a la libertad de expresión sino a la celebración del evento en un lugar concreto es "totalmente inadmisible y no tiene ningún fundamento". El acto "En Madrid, por el derecho a decidir" no podrá celebrarse en la sala Terneras del centro cultural municipal Matadero, como solicitaron los promotores.

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