Circulación
Si vas en coche de vacaciones cuidado con aparcar aquí, hay multas de hasta 6.000 euros
Para evitar una multa elevada si estás en la playa, te recomendamos consultar la normativa específica de cada ayuntamiento sobre la Ley de Costas.

Publicidad
¡Por fin llegan tus ansiadas vacaciones! Familia, tiempo libre, relax, terraza, playa… Todos son momentos de relajación y tranquilidad hasta que aparcas donde no debes y recibes una multa de 6.000 euros que te estropea el verano. Sí, sí, estás leyendo bien. Así que mucho cuidado con estacionar tu coche en la playa o en zonas cercanas a la misma.
En España, la Ley de Costas en su artículo 33.5 afirma que están "prohibidos el estacionamiento y la circulación no autorizada de vehículos" en todas las playas. A continuación, vamos a profundizar más en este asunto.
¿Qué infracción supone una multa de hasta 6.000 euros?
Aunque la Ley de Costas indique que están prohibidos el estacionamiento y la circulación de vehículos en la playa, lo ideal sería comprobar la normativa específica de cada ayuntamiento, ya que en algunos casos está prohibido aparcar también en los accesos. Evidentemente, no debes estacionar tu vehículo dentro de la arena, puesto que supone un motivo de multa. Y no un importe cualquiera, ¡este simple acto puede costarte hasta 6.000 euros!
Lo habitual es que la multa sea más pequeña, entre los 50 y 150 euros. Pero, si aparcas dentro de un espacio protegido, un parque natural o una zona de especial protección; las sanciones pueden aumentar hasta los 6.000 euros.
¿Qué es la Ley de Costas?
La Ley de Costas es la normativa que regula la gestión y protección del litoral español. Define qué zonas forman parte del dominio público marítimo-terrestre, limitando la construcción en esas áreas y asegurando su uso público y sostenible. Estos son los 4 puntos básicos de la Ley de Costas que debes conocer:
Dominio público marítimo-terrestre: las playas, riberas del mar, dunas y zonas inundables son propiedad del Estado y no se pueden privatizar ni edificar libremente. Zona de servidumbre: hay una franja de 100 metros desde la orilla donde hay fuertes restricciones para construir o hacer ciertas actividades. En algunos casos, puede reducirse a 20 metros si ya había edificaciones antiguas. Prohibición de nuevas construcciones: en esas zonas protegidas no se pueden hacer nuevas viviendas u obras, salvo excepciones muy reguladas (como servicios públicos o de salvamento). Usos permitidos: solo se permite el uso público (bañistas, paseos, pesca recreativa, etc.) y actividades autorizadas como chiringuitos o instalaciones desmontables.
Y recuerda, sobre el aparcamiento:
No puedes aparcar en la playa ni sobre las dunas. Tampoco en caminos o terrenos no urbanizados dentro de los 100 m desde la orilla. Solo se permite el aparcamiento si hay zonas habilitadas o autorizadas por el ayuntamiento o la administración costera.
Más Noticias
-
Unos audios revelan que Mouliaá presionó a una amiga para sostener su denuncia contra Errejón: "¡Que tengo una hija y soy mamá soltera!"
-
Muere una concejala de 46 años de Camp de la Selva (Tarragona) en un accidente de montaña
-
Las incógnitas sobre el secuestro de la pequeña Khaley: su padre planeaba casarla en Egipto
Síguenos en nuestro canal de WhatsApp y no te pierdas la última hora y toda la actualidad de antena3noticias.com
Publicidad