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RENOVACIÓN DE DOCUMENTOS OFICIALES

Qué debes saber si tu DNI, pasaporte o carné de conducir caducaron durante el Estado de Alarma

Con la llegada de las vacaciones, es muy necesario que tengamos a mano nuestros documentos nacionales de identidad, obligatorios para los españoles mayores de 14 años.

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En España, todos los mayores de 14 años deben llevar un Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente siempre encima. No obstante, durante el estado de alarma, del 14 de marzo hasta el 21 de junio, decretado por el Gobierno español para frenar la expansión de la pandemia causada por la COVID-19, todas las renovaciones de documentos oficiales quedaron suspendidas. La Dirección General de Policía, adscrita al Ministerio de Interior, dejó de prestar estos servicios en cuestión, por lo que si un ciudadano tenía caducado su DNI, pasaporte o carné de conducir, entre otros documentos, no podía obtener uno nuevo.

Con la llegada de las vacaciones y el verano, muchos se han percatado de que los documentos necesarios para viajar, ya sea dentro o fuera de España, están caducados. ¿Pueden sancionarte si comprueban este hecho?

El día 17 de marzo el Gobierno de España, en un Decreto-Ley, prorrogó durante un año la validez de los DNI: ‘Queda prorrogada por un año, hasta el día trece de marzo de dos mil veintiuno, la validez del documento nacional de identidad de las personas mayores de edad titulares de un documento que caduque desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19’.

De este modo, si tu DNI caducó durante el estado de alarma, no es necesario que lo renueves de inmediato, aunque se recomienda hacerlo, y podrás usarlo durante un año más, hasta el día 13 de marzo de 2021 sin peligro de sanciones.

Si tu DNI caducó al finalizar el estado de alarma, tampoco tendrás que renovarlo de inmediato, y también será válido hasta el 13 de marzo de 2021.

En lo que respecta al pasaporte, esta normativa no es válida para este tipo de documentos. Los pasaportes no son solo documentos de identificación españoles, sino que tienen validez a nivel internacional. De este modo, legalmente el Gobierno de España no puede validar pasaportes caducados.

En lo que respecta al Número de Identificación para Extranjeros (NIE), deberá ser renovado de inmediato. Pasado el Estado de Alarma, los interesados deben ir a las oficinas pertinentes y renovarlo, ya que la normativa del DNI no se aplica al NIE.

Durante el periodo de excepcionalidad en el que todos los servicios no esenciales quedaron suspendidos, los ciudadanos españoles podían conducir con el permiso de conducir caducado. No obstante, ya finalizado el estado de alarma, los conductores deben circular con todos los permisos en regla y con el carné de conducir vigente. La sanción por no hacerlo es de 200 euros, sin retirada de puntos.

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