Elecciones municipales y autonómicas

Elecciones municipales y autonómicas: ¿qué papel juegan las redes sociales en la campaña electoral?

Las redes sociales juegan un papel fundamental en casi todos los sectores de la vida en las elecciones municipales y autonómicas del 28M.

Imagen de archivo de un móvil

Imagen de archivo de un móvilPexels

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12 CCAA y 8.131 ayuntamientos se juegan su organigrama político en las próximas elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo, de ahí que los candidatos comiencen a arañar voto tras voto y también a través de las redes sociales. Pero ¿se puede hacer campaña en Twitter, Facebook o incluso Instagram?

La LOREG es el texto encargado de regular los comicios autonómicos y municipales, así como los generales y europeos y aunque se aprobó en 1985 en 2011 se llevó a cabo una actualización para hacer referencia a un nuevo terreno de juego, el de las redes sociales.

Es innegable que las redes sociales han cambiado la forma de comunicarse y de ello han tomado nota las formaciones políticas. Ya no pueden jugarlo todo a la carta del mitin, no pueden desaprovechar la baza que es el escenario digital. Con la peculiaridad de que ahora la audiencia es activa, es decir, no es alguien que asiste a un acto programado sin capacidad de preguntar o replicar. Esto permite a los candidatos tener una plataforma que no está acotada a los márgenes tiempo y espacio. El lado negativo es que cualquier persona, simplemente creando un perfil, puede difundir información que no siempre puede ser cierta.

Los partidos políticos tienen autorizado pedir el voto, pero solo en un plazo determinado es decir durante los 15 días que dura la campaña electoral. El artículo 53 establece que "no puede difundirse propaganda electoral ni realizarse acto alguno de campaña electoral una vez que ésta haya legalmente terminado. La obtención gratuita de medios proporcionados por las Administraciones Públicas quedará limitada al periodo estricto de campaña electoral".

Sí está permitida la publicidad institucional "en espacios gratuitos de los medios de comunicación social de titularidad pública del ámbito territorial correspondiente al proceso electoral de que se trate", es decir siempre que se limite a informar del proceso electoral pero sin hacer "alusiones a los logros obtenidos".

Tras los cambios introducidos en 2011 las redes sociales también se contemplan como espacio en el que los partidos políticos pueden "dar a conocer" mítines "destinados a presentar las candidaturas o programa electoral."

Como la legislación no puede estudiar situación a situación este papel le toca a la Junta Electoral Central que decidirá caso por caso.

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