Los padres de Nadia, Marga Narau y Fernando Blanco

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DECIDE QUITARLES LA TUTELA

El juez acusa a los padres de Nadia de ocasionarle un "directo perjuicio" buscando compasión con métodos que rayan la "mendicidad" para lucrarse

El magistrado cuestiona en su auto hasta la veracidad de la enfermedad de la pequeña, señalando que se beneficiaban de ella "o bien bajo la simulación de una enfermedad no sufrida por la menor o bajo el pretexto de operaciones y tratamientos médicos que no han existido", por lo que por este comportamiento Nadia podría "haber podido sufrir lesiones psíquicas (e incluso físicas si no recibió el tratamiento pertinente)". También duda de la actitud de la madre: "No acompañaba a los tratamientos ficticios por no ver sufrir a su hija, pero sí a los tratamientos en hospitales reales, a pesar de que se le practicaran tratamientos igual de dolorosos".

El juez acusa a los padres de Nadia de perjudicar a la niña con métodos que rayan la mendicidad, por no proporcionarle el tratamiento médico adecuado, si realmente está enferma, o por mediatizarla de forma "insostenible", para lograr con la compasión que la beneficencia costeara su "alto nivel" de vida. En sendos autos, en los que acuerda enviar a la prisión al padre, Fernando Blanco, y retirar la custodia de la niña a la madre, Marga Garau, que ha quedado en libertad con cargos, el titular del juzgado de instrucción número 1 de La Seu d'Urgell (Lleida) concluye que ambos cometieron una "clara utilización" de los donativos, que alcanzaron los 918.000 euros desde 2008, para costear su "alto nivel" de vida.

"Los investigados habrían convertido la beneficencia en su modo de vida, sirviéndose para ello de su hija menor de edad. O bien bajo la simulación de una enfermedad no sufrida por la menor o bajo el pretexto de operaciones y tratamientos médicos que no han existido. En definitiva, acercándose al tipo penal de la utilización de menores para la práctica de la mendicidad", remarca el magistrado. En sus autos, el juez advierte de que, con el comportamiento de los padres, acusados de un delito de estafa, se ha ocasionado un "directo perjuicio" a Nadia, "o bien por no prestar el tratamiento médico exigido por la situación de la menor, o bien por haberla mediatizado hasta un punto insostenible para una niña de once años".

"Los investigados habrían convertido la beneficencia en su modo de vida, sirviéndose para ello de su hija menor de edad"

A partir de la documentación aportada por los Mossos d'Esquadra, el juez concluye que los padres de Nadia "se habrían servido de la situación personal de la menor para, a través de 'generar compasión', mantener un alto nivel de vida. Y todo ello, a costa del sufrimiento de la menor y su constante exposición mediática". Por este motivo, el juez considera que no es "lo más recomendable" que, una vez que ha ordenado el ingreso en prisión del padre, dejar en manos de la madre el cuidado y atención de Nadia, "máxime, cuando de las explicaciones ofrecidas por la investigada en su declaración, parece que ésta carece de las aptitudes necesarias para el cuidado de la menor".

Según el juez, la exposición mediática a la que está sometida la menor en la actualidad, como consecuencia del descubrimiento de la presunta estafa cometida por su progenitores, hacen recomendable una "urgente" salida del ámbito en el que se encuentra. "No se puede olvidar que la menor podría haber alcanzado la condición de víctima en el presente procedimiento, al haber podido sufrir lesiones psíquicas (e incluso físicas si no recibió el tratamiento pertinente)", sostiene el juez. Por todo ello, acepta la propuesta de la Fiscalía para retirar la custodia de la niña a su madre, para que quede en manos de una tía materna que vive en Mallorca, al entender que es la medida que puede resultar "más beneficiosa" para Nadia.

"La menor podría haber alcanzado la condición de víctima en el presente procedimiento, al haber podido sufrir lesiones psíquicas y físicas"

Según el juez, del estudio de las cuentas de la pareja se desprende una "clara utilización de las mismas para costear la vida de los investigados", ya que son "constantes" los cargos por conceptos ordinarios tales como supermercados, ferreterías, grandes centros comerciales, viajes, hoteles, restaurantes, tiendas de electrónica, comercio electrónico, alarma del domicilio o gastos de telefonía. "Y así una larga lista de gastos ordinarios", apunta el juez, que destaca entre otros el pago del alquiler de la vivienda de la familia.

El juez ve poco creíble la versión exculpatoria del padre, que ha alegado que los 30.000 euros anuales que obtenía de su actividad profesional -una tienda de vinos y charlas de motivación- los ingresaba en la misma cuenta de los donativos, sin realizar distinciones de dinero, ya que no llevaba ninguna contabilidad ni pagaba impuestos por su negocio. "Resulta de todo punto imposible que con unos ingresos anuales que rozan escasamente los treinta mil euros, se pueda sostener un alquiler de diez mil euros anuales y adquirir vehículos de veinticinco mil euros. Por necesidad, de esa confusión de caudales antes descrita, tuvieron que destinarse donaciones para gastos particulares de los progenitores", insiste el juez.

"La madre no acompañaba a los tratamientos ficticios por no ver sufrir a su hija, pero sí a los tratamientos en hospitales reales"

Para el juez, "clama al cielo" la interminable sucesión de reintegros en efectivo realizada por los investigados, existiendo semanas en las que llegaban a extraer diez mil euros en efectivo. También pone de relieve que varios médicos del entorno de la menor han asegurado que no han atendido a la niña, salvo para contingencias comunes, así como la reticencia de los progenitores en que estos profesionales atendieran a la menor, con lo que cree que pretendían ocultar o bien que no sufre la enfermedad rara en cuestión o bien que no recibía el tratamiento para el que los padres recaudaban el dinero.

El juez también recrimina a la madre que haya sostenido que "en ningún momento" se preocupó por que su hija viajara -como dijo públicamente el padre- a un país en guerra (Afganistán), ya que desconocía la situación de aquel país, o que no le pareciera sospecho que después de pasar quince días en hospitales de Houston volvieran sin papeles médicos o que tras las supuestas operaciones no tuviera cicatrices. "La investigada aseguró que no acompañaba a su marido e hija a los tratamientos, ya que no soportaba ver a su hija recibiendo los mismos. No obstante, reconoció haber estado este septiembre en Palma de Mallorca en el Hospital. Es decir, no acompañaba a los tratamientos ficticios por no ver sufrir a su hija, pero sí a los tratamientos en hospitales reales, a pesar de que se le practicaran tratamientos igual de dolorosos", remarca el juez.

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