Vaso de sangría

Publicidad

EN EL RESTO DE PAÍSES SE DENOMINARÁ "BEBIDA AROMATIZADA A BASE DE VINO"

La UE decide que solo será "sangría" lo que se produzca en España y Portugal

La medida aprobada en el Parlamento Europeo, tiene como objetivo proteger el término 'sangría', originario de España y Portugal. El resto de países deberán denominarla como 'bebida aromatizada a base de vino' y tendrán un año de plazo para aplicar la nueva norma.

El Parlamento Europeo ha dado hoy el visto bueno al uso exclusivo de la denominación 'sangría' para identificar la bebida producida en España y Portugal. En el resto de Estados miembros el término "sangría" solo podrá utilizarse como complemento de la denominación 'bebida aromatizada a base de vino', seguida obligatoriamente del país de procedencia.

Los diputados aprobaron por 609 votos a favor, 72 en contra y 4 abstenciones la propuesta, incluida en la nueva normativa sobre el etiquetado y la protección de las indicaciones geográficas de los productos vitivinícolas aromatizados. La legislación, sobre la que ya había un acuerdo entre el Parlamento Europeo y el Consejo, defiende que se puedan aplicar "disposiciones particulares" en el caso de los productos tradicionales, como la sangría.

La medida tiene por objetivo proteger el término sangría, originario de España y Portugal, y circunscribir su uso en otros Estados miembros a la información complementaria o facultativa del producto. Los Estados miembros tendrán un plazo de un año para aplicar la nueva norma, que también circunscribe el uso de la denominación a España.

El nuevo reglamento actualiza las denominaciones de venta y las adapta a la normativa sobre información al consumidor. Además, adecúa las normas a los requisitos de la Organización Mundial del Comercio (OMC), define los criterios de reconocimiento de las indicaciones geográficas y establece reglas para las ya existentes.

Publicidad