Mirillas
El abogado de los denunciados por la mirilla con cámara defiende que "lo relevante es cómo se va a emplear esta mirilla”
Mario Bonacho, letrado de los propietarios sancionados, defiende que el uso, y no el dispositivo en sí, es lo que debe evaluarse jurídicamente

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El Tribunal Supremo ha zanjado una disputa vecinal en el madrileño barrio de Aluche sobre la instalación de una mirilla electrónica con cámara. La sentencia del alto tribunal confirma que una cámara colocada en una mirilla puede vulnerar la intimidad de los vecinos, sobre todo cuando las viviendas están separadas por apenas un metro y medio, como era el caso.
Todo comenzó cuando una pareja instaló una mirilla inteligente con detección de movimiento, que podía capturar fotos o vídeos al percibir presencia. El objetivo, según los propietarios, era saber si llegaban paquetes mientras no estaban en casa. Pero la pareja de enfrente denunció la situación al considerar que su privacidad estaba siendo invadida.
Tras un fallo inicial en el Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Madrid, ratificado por la Audiencia Provincial, el Supremo ha ordenado la retirada del dispositivo, entendiendo que afecta directamente a la intimidad de quienes viven enfrente.
"Lo relevante es cómo se va a emplear esta mirilla"
Mario Bonacho, abogado de los denunciados, defiende que esta sentencia no implica una prohibición generalizada de estas mirillas: "Esta sentencia del Tribunal Supremo no aboca a que todos los empresarios, tiendas y comercios que vendan este tipo de mirillas tengan que proceder a su retirada. El TS lo que ha dicho es que, a la luz de este caso concreto, es plausible que una persona que tenga enfrente una mirilla electrónica puede ver perturbada su esfera privada y su derecho a la intimidad, pero en ningún caso concluye que este tipo de mirillas tenga que ser retiradas del mercado, porque lo relevante es cómo se va a emplear esta mirilla", ha señalado en Espejo Público.
Choque de posiciones
Sin embargo, Montse Suárez, abogada colaboradora del programa, discrepa: "Los clientes no pusieron la mirilla por seguridad sino por comodidad. Y el Supremo argumenta que esta comodidad saber si hay un paquete cuando no están en casa no justifica la intromisión en la intimidad del vecino. La cámara avisa al móvil, graba y reproduce imágenes como si fuera un álbum. Incluso se ven los muebles del vecino", señala.
El abogado de los denunciados a señalado que a pesar de que "respeta su posición" considera que al tratarse de mirillas electrónicas que no disponen de "tarjetas de almacenamiento" no hay diferencias con una mirilla tradicional ya que que cumplen la misma función.
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