Condenado
Condenan a un hombre a 9 años de prisión por incendiar el domicilio en el que convivía con su pareja
La Audiencia de Valencia ha condenado al hombre a 9 años y 11 meses de prisión y a pagar una cuantía económica por haber prendido fuego al inmueble tras una discusión.
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Los hechos ocurrieron el 14 de septiembre de 2021 en la vivienda en la que convivía con su pareja situada en un municipio de la comarca de Camp de Morvedre. Al parecer, el incidente se produjo cuando el hombre comenzó a ingerir grandes cantidades de pastillas y ginebra. Ante este hecho, su pareja le pidió que parase. La reacción del acusado fue la de romper el mobiliario de la casa, destrozando una cafetera, la televisión y varias mesas. La hija de la víctima, conocedora de lo sucedido, decidió llamar al 016 para informar del suceso. Cuando la Guardia Civil llegó, el acusado ya no se encontraba en el lugar de los hechos. Más tarde, la mujer decidió abandonar el domicilio y pasar la noche fuera, en casa de una amiga.
Unas horas más tarde, el hombre regresó y se encontró con que su pareja sentimental no se encontraba en la casa, por lo que empezó a realizar llamadas y amenazarle con incendiar la casa si ella no volvía. Minutos más tarde, se dirigió al dormitorio principal y prendió fuego, aún siendo consciente de que había más personas dentro del inmueble y de que podía ocasionar incidentes materiales graves o lamentar daños humanos. Debido a las llamas, los vecinos del edificio tuvieron que ser desalojados.
El acusado, fue retenido por varios vecinos que encontró en la calle en el momento en el que intentó huir. Tras un forcejeo y causarles lesiones, consiguieron retenerlo hasta que llegó la Guardia Civil.
Además de la pena de cárcel se le pide al acusado indemnizar a la que era su pareja con 28.455€ por lo daños que se produjeron en el domicilio. También le exigen 18.500€ por los daños causados a los vecinos de las viviendas colindantes y 3.000€ por las labores de extinción del incendio que tuvieron que llevar a cabo los bomberos. La sentencia no es firme, por lo que el acusado tendrá la opción de poder apelar en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
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