Interceptada una patera

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INSTRUCCIÓN DE LA FISCALÍA

Cataluña catalogará como mayores de edad a los inmigrantes ilegales que no se hagan las pruebas de edad

Para evitar que se considere menores a falta de argumentos y con pasaportes falsificados.

La Fiscalía de Cataluña ha dictado una instrucción que ordena catalogar como adultos a los inmigrantes irregulares de edad dudosa que aseguren ser menores, cuando se nieguen a someterse a las pruebas forenses para comprobarlo.

En su instrucción, la Fiscal Superior de Cataluña, Teresa Compte, establece los protocolos que deben seguir los fiscales ante los crecientes casos de inmigrantes, en su mayoría africanos, que piden protección institucional acreditando en sus pasaportes que son menores de edad, aunque su aspecto físico indica lo contrario.

En el año 2010, la Fiscalía de Cataluña ordenó practicar 299 diligencias para determinar la edad de 299 inmigrantes no acompañados, de los que 136, casi la mitad, acabaron siendo catalogados como adultos, según datos de la memoria del ministerio público correspondiente a 2010. 

La circular de la Fiscalía coincide con dos recientes sentencias que han puesto en duda la fiabilidad de las pruebas radiológicas -fundamentalmente de la muñeca y la dentadura- que se utilizan para determinar la edad de los menores, unos exámenes que según las asociaciones de defensa de esos jóvenes inmigrantes tienen un margen de error de dos años, que en el caso de los subsaharianos les perjudica dada su mayor corpulencia. 

En su instrucción, Teresa Compte alerta de que va en aumento el número de extranjeros sin familia, en su mayoría procedentes de países del golfo de Guinea, que afirman ser menores de edad, acreditándolo con pasaportes e inscripciones de nacimiento, pese a que por su aspecto físico parece evidente que son adultos.

Según la Fiscalía, el número de esos extranjeros es elevado y a veces han llegado a ocupar más de la mitad de las plazas de los centro de acogida, con los problemas que plantea el hecho de estar "mezclados" con menores y de emplear recursos asistenciales y formativos que están reservados a éstos.

El menor deber ser informado, en caso necesario mediante intérprete, del proceso y de sus consecuencias pero será considerado mayor de edad si se niega a someterse a las radiografías y a ser examinado por el forense, siempre que su aspecto sea el de un adulto, que el fiscal no aprecie que se trata de un menor "contumaz o temeroso" y que no haya otros datos en su expediente que apunten a lo contrario.

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