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Reforma laboral

El Gobierno deroga el despido por acumulación de bajas médicas justificadas

El Consejo de Ministros da luz verde a la modificación del artículo 52 de la reforma laboral.

El Consejo de Ministros ha aprobado a través de un Real Decreto-ley la derogación del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores que permite a los empresarios el despido de un trabajador por acumular bajas médicas justificadas.

La derogación de este artículo fue anunciada por la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, al poco de llegar al cargo y se aprobará este martes después de los trámites administrativos oportunos.

Este artículo, que fue modificado con la reforma laboral de 2012, establece que un contrato de trabajo puede extinguirse por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el 5% de las jornadas hábiles o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.

Mientras que CCOO y UGT han celebrado la medida, en algunos sectores de la CEOE no se ve con buenos ojos. El presidente de la patronal, Antonio Garamendi, no se ha opuesto, aunque ha planteado que los primeros siete días de baja, sobre todo en el caso de las pymes, "los pague la Administración". En su opinión, habría que profundizar mucho más en el tema del absentismo "porque el absentismo profesional es una realidad en España".

Por su parte, el presidente de la patronal catalana Foment del Treball y vicepresidente de la CEOE, Josep Sánchez Llibre, ha mostrado su oposición a dicha derogación.

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