Voto por correo

Colas en las oficinas de Correos a horas de finalizar el plazo para votar por correo para el 23J: "Hay que votar siempre"

2.342.430 personas han recibido en mano la documentación para poder depositar su voto. Los cerca de 300.000 electores restantes tienen sus papeletas en su oficina de Correos listas para su recogida.

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Correos ya ha puesto a disposición de los electores el 100% de las papeletas para votar por carta en las elecciones generales del próximo domingo. 2.432.430 personas las han recogido en mano, mientras que algo menos de 300.000 tendrán que ir a buscar su documentación en la oficina correspondiente, después de que se hayan realizado dos intentos para entregarla.

Los ciudadanos tienen de plazo para votar hasta el jueves 20 de julio. A partir de entonces, aquellos que hayan solicitado el voto por correo y lo hayan depositado de vuelta en una oficina, ya no podrán votar en su mesa electoral el día 23. Tampoco podrán votar de forma física aquellos que hayan solicitado el voto, aunque no hayan recogido las papeletas, o los que sí hayan recibido la documentación, pero no hayan depositado su sobre de vuelta.

¿Qué se necesita para votar por correo?

En el sobre grande que se recibe con la documentación se incluyen las papeletas de todos los partidos políticos que se presentan para la elección al Congreso, con su correspondiente sobre –todo de color blanco–, y la papeleta para el Senado, también con su sobre –en color sepia–. Además, hay un tercer sobre con una pegatina con la dirección del colegio electoral y un folio con el nombre de 'certificado' y las instrucciones de voto.

¿Qué se envía?

Se introduce la papeleta del partido seleccionado para el Congreso –de color blanco– en el sobre del mismo color. En la papeleta sepia se marca con una cruz hecha a bolígrafo hasta un máximo de tres candidatos (no tienen que ser necesariamente del mismo partido). Esta se dobla e introduce en el sobre del mismo color para la votación al Senado.

Una vez están listos los dos sobres, se introducen ambos en el que tiene la etiqueta en su exterior. En ese mismo sobre también se debe introducir el folio del 'certificado', que va dirigido al presidente de la mesa donde correspondería votar de forma física y que confirma que el voto es correcto y debe de ser contabilizado.

Se cierra el sobre de la etiqueta, en la solapa del sobre se escriben los datos de la persona que envía el voto y ya se puede depositar el voto en la oficina de Correos que se quiera. Para ello, es imprescindible llevar el documento nacional de identidad. Y si se va a depositar el voto de otra persona, es necesaria una autorización firmada, la fotocopia del DNI de la persona de quien se va a depositar el voto y el documento de identidad de la persona que va en su representación.

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