La juez acuerda el archivo provisional de la causa conocida como 8-M porque, según la magistrada titular del Juzgado de Instrucción n1 51 de Madrid, tras la práctica de las diligencias de investigación acordadas en el procedimiento, no hay indicios suficientes de actuar delictivo en los hechos atribuidos al delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco Pardo, por el presunto delito de prevaricación administrativa.
El auto concluye que el Delegado del Gobierno en Madrid, entre el 5 y el 14 de marzo del presente año, no tuvo un conocimiento cierto, objetivo y técnico del riesgo que para la salud de las personas entrañaba la realización de manifestaciones y concentraciones. La resolución señala también que el investigado "no recibió comunicación o instrucción sanitaria sobre este particular y tampoco la recabó de oficio de ninguna autoridad competente en el ámbito sanitario".
Además añade que "ninguna persona física o jurídica, pública o privada, instó del delegado del Gobierno en Madrid que prohibiera o restringiera de alguna forma la celebración de concentraciones o manifestaciones por razón del Covid-19".
Este auto puede ser recurrido en reforma, ante el propio órgano judicial, y/o en apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid.