Renta 2021

¿Qué pasa si Hacienda aún no me ha devuelto el importe de la Renta 2021?

A continuación, te contamos de qué manera te beneficia el hecho de que Hacienda aún no te haya devuelto el importe de la Renta 2020-2021.

¿Qué pasa si Hacienda aún no me ha devuelto el importe de la Renta 2021?

¿Qué pasa si Hacienda aún no me ha devuelto el importe de la Renta 2021?EFE

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La campaña de la Declaración de la Renta 2020-2021 finalizó el pasado 30 de junio. Aunque la mayor parte de las cuentas ya están cobradas o ingresadas por la Agencia Tributaria, todavía hay personas pendientes de cerrar sus expedientes.

Tal y como indican desde la Agencia Tributaria, podrán abonar el dinero que les toca devolver en un plazo de hasta 6 meses desde que se presenta la declaración de la renta, incluso si esta declaración se ha realizado fuera de plazo.

¿Qué pasa si Hacienda no me ha devuelto el importe?

En el caso de que durante el plazo de estos 6 meses todavía no se haya abonado el pago, se le irán añadiendo los intereses de demora correspondientes, que en 2021 es de un 3,75%.

Aun así, debes tener en cuenta que la devolución del dinero de la renta no es automática. De hecho, indican que el contribuyente deberá solicitarla a través de 'Documento de Ingreso o Devolución' que se encuentra en los impresos de la declaración de la renta.

¿Cómo se efectúa la devolución?

La devolución se realiza mediante una transferencia bancaria a la cuenta que el contribuyente haya indicado. También, existe la opción de autorizar el pago por cheque cruzado o nominativo.

Por su parte, en caso de que el contribuyente no tenga una cuenta bancaria abierta, se podrá hacer constar en un escrito dirigido al titular de la Administración o Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que corresponda a su domicilio.

Consulta tu solicitud

Si aún no has obtenido el ingreso de la devolución y quieres conocer el estado de tu tramitación de la declaración de la Renta, tan solo tienes que acceder a la web de la Agencia Tributaria y entrar en el apartado 'Servicios de tramitación borrador/declaración (Renta WEB)'.

A continuación, deberás identificarte con una de las siguientes opciones:

  • La referencia de la renta presentada a la Agencia Tributaria.
  • Certificado o DNI electrónico.
  • Con Cl@ve PIN.

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