DANA

Ana Ercoreca, sobre ir al trabajo ante riesgo grave por DANA: "Los trabajadores tienen derecho a abandonar e interrumpir su puesto"

"Estos permisos son retribuidos y en el caso anterior de riesgo grave inminente, los trabajadores no tienen obligación de sufrir ningún perjuicio", explica la presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

Ana Ercoreca

Publicidad

"Ante el aviso de alerta roja de la AEMET, se puede no acudir al puesto de trabajo si hay riesgo para la salud de los trabajadores y trabajadoras. Las empresas deberán adoptar las medidas adoptadas", es el mensaje de alerta por el temporal, retuiteado por la ministra de Trabajo y vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz. Esta cuestión la ha abordado en 'Espejo Público' la presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Ana Ercoreca, para aclarar la información.

"En el caso de riesgo grave inminente los trabajadores tienen derecho a abandonar e interrumpir su puesto de trabajo. Además, el artículo 41 del Real Decreto Ley que se aprobó ayer señala que en el caso de la DANA está considerado como riesgo grave e inminente. Por lo tanto, los trabajadores tienen derecho a no acudir a su puesto de trabajo si va a suponer un riesgo grave inminente para su seguridad y su salud", detalla.

Eximidos de ir a trabajar

Según el artículo 42 del citado Real Decreto Ley, Ercoreca explica que "los trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido y no recuperable en el caso en el que no puedan acceder a su puesto de trabajo por limitaciones del estado de las vías, por el transporte público o por las situaciones de los centros de trabajo. O en el caso de que existan instrucciones, recomendaciones o limitaciones de las autoridades públicas que recomienden o prohíban el uso de las vías de circulación. Estos permisos son retribuidos y en el caso anterior de riesgo grave inminente, los trabajadores no tienen obligación de sufrir ningún perjuicio".

Por lo tanto, la presidenta del sindicato recuerda que "sería un día retribuido". "No les pueden sancionar, no les pueden despedir y no les pueden descontar ese día que el trabajador no ha ido al trabajo porque es una situación de riesgo grave inminente", destaca.

"Por otro lado, Díaz avisaba y recordaba que el Real Decreto Ley 3 de 2004 señala que en el caso de una alerta roja o naranja sea peligroso acudir o estar en el puesto de trabajo y que las adaptaciones no sean suficientes, podrá ser derecho del trabajador y obligación de la empresa adaptar o reducir su jornada laboral para que su puesto de trabajo no sufra ningún riesgo tanto al ir cómo a quedarte", sentencia en la entrevista.

Síguenos en nuestro canal de WhatsApp y no te pierdas la última hora y toda la actualidad de antena3noticias.com

Publicidad

Borrasca Claudia

Lo peor de la borrasca Claudia recae sobre Ávila y Cáceres: el río Tormes se desborda a su paso por El Barco

La madrugada de este viernes ha sido de mucha lluvia y fuerte viento. La borrasca Claudia deja acumulados de más de 170 litros por metro cuadrado en algunos puntos. Las rachas de viento han llegado a los 160 km por hora. Se debe mantener la precaución por las crecidas de los ríos.

Roberto Brasero: "La borrasca que llega desde el Atlántico se ha reforzado y las lluvias van a ser fuertes y persistentes"

Roberto Brasero avisa: "La borrasca Claudia ha venido para quedarse"

Fin de semana pasado por agua. Tendremos borrasca hasta el domingo aunque el sábado será día más lluvioso de los que tenemos por delante, con lluvias persistentes alguna granizada y nevadas en las cumbres de las montañas.