Acoso callejero

Juzgan en Sevilla el primer caso de acoso callejero por la ley del 'solo sí es sí'

El acusado se masturbó en plena calle delante de dos chicas que no dudaron en grabarlo y subirlo a redes sociales. El hombre, de 60 años, tenía antecedentes y ya había sido condenado por abusar sexualmente de una menor.

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Se llama Luis, tiene 60 años y ha protagonizado, sentado en el banquillo, el primer juicio por acoso callejero de España auspiciado por la ley de 'solo sí es sí'. Un nuevo tipo delictivo, el de acoso callejero, incluido en el código penal tras la aprobación de la ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual.

Meses antes, el acusado también había protagonizado el vídeo que grabaron las propias víctimas de este acoso. En marzo, en la calle Torneo de Sevilla, el encausado se masturbó ante dos chicas mientras las insultaba. Las jóvenes grabaron la escena para disuadirlo y, posteriormente, publicaron el vídeo para advertir a otras mujeres de la presencia de este individuo. La grabación se hizo viral.

La Policía Local, al descubrir el vídeo, decidió actuar de oficio. El subinspector del cuerpo policial, Antonio Barea, ha explicado a la agencia EFE que la investigación se llevó a cabo "en el marco del trabajo en materia de seguridad de redes sociales". Tras detectar la publicación contactaron con las autoras y, poco después, localizaron al autor de los hechos. El individuo ya contaba con antecedentes por exhibicionismo y detenciones previas por delitos sexuales.

Ya había sido detenido por abusar de una menor

El juicio se ha celebrado este lunes 5 de junio. El diario ABC ha recogido las declaraciones de las víctimas en la sala. Una de ellas ha contado que "la primera vez sentí miedo, era la primera vez que me pasaba. La segunda vez me quedé en shock. Me ha afectado en mi vida diaria, no hemos vuelto a pasar por ese sitio".

"Me ha afectado en mi vida diaria, no hemos vuelto a pasar por ese sitio"

"Me sorprendió que, a pesar de decirle que se fuera, se excitaba más y seguía diciéndonos que se la chupáramos. Saqué el móvil y entonces parecía que se asustaba y se iba, pero volvió y se bajó los pantalones. Sentí asco, humillada", relató la otra chica ante la juez.

El acusado, por su parte, declaró que no recordaba los hechos, pero ante la evidencia del vídeo, que pudo ser visto en la sala, tuvo que reconocerlo y pidió perdón.

La Fiscalía solicita para él una pena de 30 días de localización, una orden de alejamiento hacia las víctimas y una multa. Pero el encausado ya contaba con detenciones anteriores por delitos similares y además había sido condenado a dos años de prisión por abusar sexualmente de una menor. Una condena que había sido suspendida con la condición de no volver a cometer un delito.

Por todo ello, de ser condenado de nuevo, entraría en prisión. Y así lo ha solicitado el Ministerio Fiscal a la Audiencia de Sevilla.

"Un gran paso adelante"

Según recoge la agencia EFE, para el fiscal delegado de Criminalidad Informática, Gabriel González Fernández, que este caso haya llegado a juicio es "un gran paso adelante" porque "hasta ahora este tipo de conductas solo era delito si las víctimas eran menores de edad o tenían algún tipo de discapacidad".

Desde la aprobación de la ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual, también conocida como la ley 'solo sí es sí' se introduce un nuevo delito el acoso callejero que la norma entiende que lo cometen "quienes se dirijan a otra persona con expresiones, comportamientos o proposiciones de carácter sexual que creen a la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria, sin llegar a constituir otros delitos de mayor gravedad".

Y la ley contempla que "será castigado con la pena de localización permanente de cinco a treinta días, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima, o trabajos en beneficio de la comunidad de cinco a treinta días, o multa de uno a cuatro meses, esta última únicamente en los supuestos en los que concurren las circunstancias expresadas en el apartado 2 del artículo 84".

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