Caso mascarillas

La Audiencia de Madrid rechaza imputar al primo de Almeida por el caso mascarillas

La Justicia rechaza la petición del PSOE ya que no ve que "interviniese en las negociaciones de los investigados" con el Ayuntamiento de Madrid.

Carlos Martínez-Almeida, a su salida del Juzgado de Plaza Castilla

Carlos Martínez-Almeida, a su salida del Juzgado de Plaza CastillaEFE

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La Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado este lunes imputar al primo de José Luis Martínez-Almeida, alcalde de Madrid, en el caso de las mascarillas. Queda rechazada la petición del PSOE en este nuevo episodio de la causa que investiga la compra de mascarillas y otros productos sanitarios durante la pandemia de COVID-19 a través de los empresarios Luis Medina y Alberto Luceño, que actuaron como intermediarios y que cobraron grandes comisiones.

La Justicia madrileña desestima el recurso que presentó el Partido Socialista y Grupo Municipal Socialista contra la decisión del magistrado de instrucción Adolfo Carretero de desestimar la solicitud para que el primo del alcalde declarase en calidad de investigado. La Sección Tercera de la Audiencia de Madrid no ve pruebas que avalen que Carlos Martínez-Almeida "interviniese en las negociaciones de los investigados con el Ayuntamiento de Madrid".

Tampoco ve que "tuviese compensación económica", por lo que no se puede imputar al primo del alcalde un delito de tráfico de influencias. El auto indica que "no se encuentra en la causa [...] la realidad de indicios sólidos que permitan mantener la imputación de tráfico de influencias que se sostiene, como tampoco sobre la existencia de una eventual estafa, que exigiría un concierto de voluntades al efecto".

Rechazado el recurso del PSOE

Que Carlos Martínez-Almeida proporcionase a Luis Medina el "teléfono o correo" de una responsable del Ayuntamiento de Madrid, para el juez instructor "no conlleva necesariamente la realización de ulteriores presiones o intentos de manipulación torticera en su esfera de poder" por ser primo del alcalde Almeida.

La Sala de la Audiencia Provincial de Madrid mantiene que "una cosa es informar a alguien conocido" respecto a los "datos que permiten dirigirse a un funcionario", y otra "cualitativamente distinta" es hacer "presión moral sobre el mismo".

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