Empleo
Estas son las ayudas que pueden solicitar los parados de entre 30 y 55 años
Las personas desempleadas de entre 30 y 55 años pueden solicitar una serie de prestaciones económicas siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos. Consulta aquí cuáles son.
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El Ministerio de Inclusión y Seguridad Social ha publicado este martes los datos del mes de enero que, pese a la subida de parados típica de estas fechas, supone la mejor cifra en los últimos 25 años. En términos anuales, el paro acumula un descenso récord al caer en 841.275 personas, si bien la tasa de desempleo sigue en torno al 14%. Muchas de las personas que forman parte del sector de población parada tienen entre 30 y 55 años.
Estas buenas cifras de empleo se explican, en cualquier caso, por el colapso para la economía y el empleo que supuso la crisis económica de 2020, derivada de la pandemia de coronavirus y cuyos efectos todavía se sienten..
En ese contexto, hay una serie de ayudas económicas que los desempleados pueden solicitar. Algunas de las más populares -por el número de gente que las solicita- que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) son las destinada a los parados de entre 30 y 55 años.
Requisitos
Una de las primeras condiciones que hay que cumplir para poder ser beneficiario de alguna de las cinco ayudas del SEPE para los parados de entre 30 y 55 años es haber agotado la prestación contributiva por desempleo.
Es necesario, asimismo, que los solicitantes no tengan ingresos superiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, 723,75 euros al mes.
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Tipos de ayuda
Una vez cumplidos los anteriores dos requisitos, el solicitante tiene cinco tipos de prestaciones que puede reclamar:
- Mayores de 45 años: Aquellas personas que reciban este subsidio solo podrán ingresarlo durante un máximo de 6 meses, sin posibilidad de prorrogarlo más allá.
- Mayores de 52 años: Para poder recibirla es necesario presentar la Declaración Anual de Rentas ante el SEPE. Esta ayuda se puede cobrar hasta llegar a la edad de jubilación.
- Cargas familiares: Pueden solicitarla aquellas personas que hayan agotado la prestación contributiva y además tenga cargas familiares, es decir, hijos menores de edad o mayores con una discapacidad igual o superior al 65%.
- Renta Activa Inserción: Es una de las prestaciones más amplias que existen, pudiendo cobrarse durante un tiempo máximo de 33 meses.
- Subsidio extraordinario por desempleo: La duración máxima es de 6 meses sin la posibilidad de aumentar ese tiempo de cobro
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