Solo en Madrid, un total de 2.000 sanitarios han dado positivo y están en aislamiento preventivo. Personal que no puede estar ayudando en los centros sanitarios. Hay mucho personal con ansiedad, las llamadas a los colegios profesionales pidiendo consejos son numerosos, también del personal de enfermería recurre a la Asociación Madrileña de Enfermería.
Y es que son cada vez más los que han causado baja o los que no se pueden incorporar al trabajo porque no les llega el resultado del test que algunos se han podido hacer. Y lo contradictorio es que cuando les llega, siguen con dudas porque han pasado tantos días que vuelven a poner en entredicho ese resultado está en vigor o si ya son positivos.
Plazo judicial de 24 horas para proteger a médicos y enfermeras ante el coronavirus
Ante esta situación, la Justicia se ha pronunciado. El fallo del juzgado de lo Social es taxativo. La Consejería de Sanidad de Masdrid tiene 24 horas par poner el material necesario en todos los centros de salud.
El fallo se adopta ante la denuncia interpuesta por la Asociación de Médicos Titulados y Superiores de Madrid (AMYTS).
El cumplimiento de las medidas dictadas es de carácter urgente e incluye a todos los centros de la red del Servicio Madrileño de Salud, hospitalarios, asistenciales de Atención Primaria, SUMMA 112, SAR, aquellos con pacientes institucionalizados, así como todos los demás centros asistenciales de la Comunidad, tanto públicos como privados, y "cualesquiera otras dependencias habilitadas para uso sanitario", incluye la decisión judicial.
Medidas de protecció nde carácter urgente y excepcional
Se trata de proveer a los sanitarios de mascarillas, gafas, batas y todo el material necesario para protegerse y proporcionar atención con sus equipos de protección individual y frenar la evolución de bajas entre el personal de los centros sanitarios.
Son medidas cauteles de carácter excepcional, porque las partes no pueden hacer nada más que cumplirlas o afrontar, en caso de violación de lo indicado, el resultado de incidir en los actuales riesgos laborales que recaen el colectivo sanitario y enfrentarse a una condena de los responsables por la violación de la ley de prevención laboral
"La obligación legal de proteger a los trabajadores por parte de la empresa o administración empleadora, implica también la obligación de dotarles de los medios preventivos necesarios para que realicen su trabajo en las mínimas condiciones de seguridad", afirma la titular del juzgado.
El motivo de la urgencia de dichas medidas se argumenta en base a que " no sólo del deber de seguridad impuesto a la Administración sanitaria o del derecho del trabajador a ser protegido, sino también del derecho del paciente a ser atendido adecuadamente por el personal sanitario, con el fin de proteger su salud y sobre todo de salvar el mayor número de vidas posible".