Sentencia polémica
Un tribunal de León considera atenuante la "cultura gitana" en la violación a una menor
El juzgado de instrucción número 1 de León tenía en cuenta el contexto sociocultural de la etnia gitana para aceptar una rebaja en la solicitud de condena por agresión sexual y maltrato, por parte de la Fiscalía.
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La Audiencia Provincial de León juzgaba y emitía veredicto recientemente contra tres varones acusados de agresión sexual y maltrato habitual contra una niña. Los primeros hechos que se juzgaban se remontan a 2018, cuando la joven aún tenía 12 años de edad, y se habrían producido en al menos 3 ocasiones, hasta cumplir la chica 16.
El principal acusado y la menor mantenían una relación sentimental, siendo él más de diez años mayor. Fruto de las relaciones que mantuvieron la menor quedo embarazada, siendo madre las 3 veces, ocurridas en 2018, 2019 y 2021; años en los que residieron en distintas localidades de la provincia de León.
Polémica sentencia
El tribunal tenía en cuenta que las relaciones habrían sido consentidas por la chica, hecho que no tendría validez legal al tener la chica solamente 12 años. Aun así, acusaba al hombre de, pese a ser plenamente consciente de la corta edad de la niña, satisfacer su apetito sexual de manera ilícita y mantener relaciones sexuales completas, conociendo perfectamente sus potenciales consecuencias.
Las autoridades judiciales por otra parte han asumido que "en las costumbres gitanas, las niñas se casan a partir de los 12 años", considerando probado que un año antes de los hechos se inició en las relaciones sexuales, y sabía que podía quedarse embarazada, cosa que ocurrió en 3 ocasiones.
La pena que pedía para el hombre la Fiscalía era de 37 años, pero era rebajada a 8 años de prisión. La decisión judicial de rebajar la condena a menos de una cuarta parte venía justificada por lo habitual de situaciones de corte similar en la cultura romaní.
La explicación de una experta
La abogada especializada en criminología y colaboradora de Espejo Público, Beatriz de Vicente, arrojaba algo de luz sobre esta decisión del Ministerio Fiscal, que generaba asombro y estupefacción en todos los presentes en el plató. Admitía que no conocía la sentencia completamente, y que lo que más le sorprendía eran los demás delitos imputados, de maltrato y maltrato habitual. Delitos que también se les imputaban a las otras dos personas implicadas en el caso.
De Vicente afirmaba que la resolución definitiva del proceso judicial se debía a varias causas y que no sólo habría tenido en cuenta que "las uniones de pareja se producen a edades muy tempranas".
Un acuerdo alcanzado entre las partes favorecía la sentencia de conformidad, sobre la que también influía la consideración de que podría haber una proximidad "en desarrollo físico y madurativo".
"El consentimiento de la chica, es verdad que no es válido porque es menor de 16 años. Pero como vive en una cultura en la que habitualmente adultos mantienen relaciones sexuales con chicas de 12, 13, 14 años, y de hecho el matrimonio infantil en la etnia gitana es normal", entendería la letrada, que matizaba también: "Ya veremos que dice el Tribunal Supremo".
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