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CATALUÑA | RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL SUPREMO

Analizamos la sentencia del 'procés': Así justifica la sedición y descarta la rebelión

'Espejo Público' analiza las parte de la sentencia que establecen que los líderes independentistas incurrieron en un delito de sedición pero no así de rebelión.

La sentencia del 'procés' condena de 9 a 13 años de cárcel por sedición a los líderes independentistas. El Tribunal Supremo ha condenado por unanimidad al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras a 13 años de cárcel y 13 de inhabilitación absoluta por un delito de sedición en concurso con otro de malversación en la causa del 'procés'.

Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa han sido condenados a 12 años de prisión y 12 de inhabilitación absoluta, por delitos de sedición en concurso medial con un delito de malversación de fondos públicos agravado en razón de su cuantía.

Asimismo, condena por el delito de sedición a Carme Forcadell a las penas de 11 años y 6 meses de prisión e igual tiempo de inhabilitación absoluta. Joaquim Forn y Josep Rull han sido condenados por sedición a 10 años y 6 meses de prisión y 10 años y 6 meses de inhabilitación absoluta; y a Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, a 9 años de prisión y 9 años de inhabilitación absoluta por sedición también.

La sala da por probada la existencia de violencia pero no de rebelión y lo hace con estas palabras: "Ninguno de los políticos independentistas catalanes enjuiciados por el 'procés' incurrió en un delito de rebelión"."La sala da por probada la existencia de violencia pero no basta la constatación de episodios de violencia para proclamar que los hechos integran un delito de rebelión", apunta la resolución judicial.

Sí considera que al menos 9 de los acusados cometieron un delito de sedición y lo argumenta así: "Defenderpolíticamente la independencia no es un delito pero sí lo es movilizar a la ciudadanía en un alzamiento público y tumultuario que además impide la aplicación de las leyes".

Acusa a Junqueras, Turull, Romeva y Bassa de propiciar un entramado jurídico paralelo y promover un referéndum carente de todas las garantías democráticas.

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