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BENEFICIOS FISCALES SI TIENES HIJOS MENORES

Estas son las ayudas para madres y padres en la declaración de la Renta 2020

No son muchas, máxime si nos comparamos con otros países, pero alguna hay que pueden aligerar la cita con Hacienda.

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La vida es eso que pasa entre Declaración de la Renta y Declaración de la Renta. Por eso, si quieres aligerar tu próxima cita con el Fisco, no debieras perder de vista estas ayudas para madres y padres. Algunas son más conocidas, otras menos. No es que hablemos de ayudas directas como puede haber en Francia (por hijo, sin límite de renta y hasta que los retoños cumplen 18 años, por citar solo algunos parámetros) pero algo hay.

Hemos hablado con el asesor Domingo Remojón, de iAsesoría, y estas son las ayudas que ha sacado a la palestra. Toma buena nota y no te dejes ninguna en el tintero.

- Ayuda a madre trabajadora: son 100 euros al mes hasta que el niño cumpla 3 años (parece ser que luego, a partir de esa edad, no se necesitan). Condición indispensable: la madre tiene que estar trabajando.

- Mínimos por descendiente: “Es la parte que Hacienda nos permite restar de nuestros ingresos para aflojar la carga fiscal. Con el primer hijo te puedes deducir 2.400 euros. Con el segundo, 2.700 euros. Con el tercero, 4.000 y con el cuarto y siguientes, 4.500 euros. Estos mínimos son por niño. Si la renta se hace de forma individual, cada progenitor se apuntará en su Declaración la mitad”, aclara Remojón. ¿Cuándo se dejan de aplicar? Cuando el hijo se emancipe o cuando cumpla los 25 años.

Haciendo cuentas
Haciendo cuentas | iStock

- Ayuda por guardería: “Si nos referimos a la ayuda estatal, te puedes rebajar 1.000 euros al año siempre y cuando la guardería la paguen los padres (no vale si la paga la empresa) y si el niño está el mes completo. Solo se la puede aplicar el padre o la madre y son 83,33 euros al mes”, aclara el experto.

- Ayuda estatal por familia numerosa: “Debes tener título expedido de familia numerosa expedido por la CCAA y son 100 euros al mes, que se pueden compartir con el otro progenitor (o sea, 50 euros cada uno)”.

- A nivel autonómico hay otras deducciones: “Por ejemplo, la Comunidad de Madrid tiene ayuda a la escolaridad que tiene límite de base imponible. Por la enseñanza, son el 15% de los gastos de enseñanza, 10% de los gastos de idiomas y un 5% por los uniformes. La suma total de las deducciones no puede superar los 400 euros. Y además, la base imponible no puede superar la cantidad correspondiente a multiplicar por 30.000 el número de miembros de la unidad familiar”, explica. Es decir, si sois 3 miembros, el límite sería 90.000 euros. Y un apunte más, importantísimo: solo para hijos escolarizados en centros privados. O sea, echa cuentas porque una vez más, no es para todos. En Madrid además, no se pueden deducir gastos por comedor ni transporte y los libros de texto tampoco son deducibles. “En Valencia, por ejemplo, hay una ayuda interesante que es que los 100 euros mensuales por madre trabajadora se prorrogan. Lo denominan “ayuda por conciliación” y va de los 3 a los 5 años, o sea, dos años más”, confirma.

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