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La Audiencia Nacional suspende el bloqueo a Telegram

El juez Santiago Pedraz ha pedido de forma previa a la suspensión temporal de Telegram pedir a la Comisaría General de información un informe sobre la app y la incidencia que el bloqueo puede tener en sus usuarios.

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Telegram no va a ser bloqueada, al menos de momento. El juez Santiago Pedraz ha suspendido la orden de bloqueo temporal argumentando que espera un informe policial sobre las características de esta app de mensajería y también de las consecuencias que esta decisión pueda tener sobre los usuarios.

Recapitulamos, los grandes medios de comunicación han denunciado a esta app de mensajería instantánea alegando un presunto uso no autorizado de contenido audiovisual sometido a derechos de autor. En concreto, los cabeza visibles de esta demanda han sido Mediaset, Atresmedia y Movistar Plus y a ellos se ha sumado EGEDA, la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales.

Tras esta acusación el juez de la Audiencia Nacional ordenó suspender de forma cautelar Telegram dando un plazo de 3 horas a las operadoras para que, desde la recepción de su comunicación, procedan a la suspensión de los recursos asociados a la aplicación.

Con la medida tomada por Pedraz este lunes el Juzgado Central número 5 deja en el aire la suspensión temporal de Telegram que acordó en un auto del pasado viernes. El juez consideraba la medida del bloqueo como necesaria, idónea y proporcional y alegaba que no existía alternativa posible para detener la reiteración de los hechos denunciados, ya que las autoridades de las Islas Vírgenes no han colaborado con la comisión rogatoria enviada para que Telegram informase de determinados datos técnicos que permitirían identificar a los titulares de las cuentas utilizadas para la infracción de los derechos de propiedad intelectual.

Esa falta de colaboración de las autoridades de islas Vírgenes, provocó que debieran adoptarse las medidas cautelares solicitadas por las acusaciones particulares. El cierre de Telegram era una medida cautelar en el marco de un procedimiento por un delito de vulneración continuada de derechos de propiedad intelectual contra los titulares de diversos canales creados en esa red social y recurrible.

No es la primera vez que se da el cierre de esta aplicación por orden judicial. Ya ocurrió en Brasil el año pasado, cuando juez de primera instancia Wellington Lopes da Silva, del Estado de Espírito Santo, dio la orden al considerar que no está colaborando con la Policía en una investigación contra grupos neonazis.

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