ABSUELTO

TSJA absuelve a un hombre condenado por abusos a una menor en Níjar por dudas sobre el testimonio

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía revoca la condena de la Audiencia de Almería al considerar inconsistencias en el relato de la denunciante y aplicar la presunción de inocencia.

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a un hombre que había sido condenado previamente por la Audiencia de Almería a dos años y medio de prisión por un delito de abusos sexuales a una menor de 14 años. La decisión se produce al apreciar "serias dudas" sobre la solidez del relato de la denunciante, revocando así el fallo emitido en marzo de 2024 por la Sección Tercera de la Audiencia almeriense.

Contradicciones en el testimonio

Según la sentencia del TSJA, el testimonio de la menor presentó "desde el comienzo de las actuaciones inestabilidad y claras inconsistencias que no ha sabido o podido explicar". Los magistrados destacan, en particular, las contradicciones sobre el número de ocasiones en que se produjeron los hechos. En la denuncia inicial, la víctima habló de episodios reiterados; durante el juicio, osciló entre "una o dos" veces, para luego indicar "solo una" y, finalmente, admitir que ocurrieron más episodios sin concretar.

Asimismo, la denunciante varió su versión respecto a las circunstancias del encuentro. En algunos momentos sostuvo que el acusado la siguió hasta la terraza comunitaria del inmueble; en otros, afirmó que él ya se encontraba allí cuando ella subió. Estas inconsistencias fueron determinantes para que el TSJA pusiera en duda la credibilidad del testimonio.

Evaluación pericial y pruebas insuficientes

El alto tribunal señala que las pruebas periciales psicológicas no pudieron avalar la veracidad del relato, al considerar que este no fue lo suficientemente extenso ni detallado para sostener la acusación. Aunque la Audiencia Provincial de Almería intentó salvar las dudas reduciendo los hechos probados a un único episodio, el TSJA concluyó que no se podía afirmar "sin duda razonable" la autoría de los actos.

Aplicación de la presunción de inocencia

En su fallo, los magistrados aplicaron el principio de presunción de inocencia, determinando que la falta de consistencia en el testimonio impedía mantener la condena. Como consecuencia, se absuelve al acusado del delito de abusos sexuales, dejando sin efecto la pena de prisión, la libertad vigilada y la indemnización de 4.000 euros que había sido impuesta en primera instancia.

El TSJA subraya que la decisión no implica un juicio sobre la veracidad de las acusaciones en sentido moral, sino que se basa estrictamente en la valoración jurídica de la prueba disponible y en la necesidad de garantizar la presunción de inocencia cuando existen dudas significativas sobre la credibilidad de los testimonios.

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