Suicidios

Una tribunal cántabro declara el suicidio de un trabajador como accidente laboral

Según los jueces existió "casualidad" entre el suicidio del hombre y la situación que vivía en su trabajo.

Imagen de archivo de un mazo en un juzgado

Imagen de archivo de un mazo en un juzgadoPixabay

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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha considerado que el suicidio de Juan Manuel Bedia Díez, que se quitó la vida con 53 años en 2021, fue un accidente de trabajo. Así lo sentenció el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria el pasado 27 de febrero, tras la reclamación de su viuda.

La sala de lo social del Tribunal Supremo estima el recurso de la mujer del trabajador a una sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Santander, desestimando la demanda presentada por ella al entender que no existía ninguna vinculación entre el suicidio de Bedia y la situación que vivía en su empleo.

Las causas del suicidio

Según se asegura la sentencia del TSJC, el hombre trabajaba como responsable en una cadena de supermercados de Cantabria y fue denunciado por una trabajadora que le culpaba de acoso laboral. Esta denuncia podría haber sido inducida por otra empleada, según la investigación interna que hizo la empresa.

Además de esto, se cree que el responsable de la tienda se encontraba "enrarecido" por unas elecciones sindicales. Por esto, la empresa le solicitó al trabajador que realizase un cambio de tienda lejos de su residencia y que aceptada la sanción de acoso que le había interpuesto la compañera.

Así, el Tribunal ha concluido que la decisión que tomó Juan Manuel Bedia tiene un vínculo con los problemas que tenía en el puesto de trabajo, por lo que dictaminan que el accidente laboral fue la causa del suicidio.

"Es evidente que existió una clara conexión o relación de causalidad relevante entre la acción suicida y el trabajo. [...] Así se desprende del hecho de que los problemas laborales iniciados en enero de 2021, como consecuencia de la denuncia por acoso, persistieron casi hasta la fecha del óbito del actor. Prueba de ello es que, precisamente, tres días antes del fatal desenlace tiene una conversación [...] en la que le manifiesta su preocupación por una posible denuncia de la trabajadora, dirigida exclusivamente contra él, y tan solo un día antes del acto suicida se produce una búsqueda en internet en relación a las consecuencias penales de una posible denuncia de acoso laboral", asegura el TSJC.

El tribunal condena ahora tras la sentencia a la Seguridad Social, a la empresa y a su aseguradora al pago de prestaciones de viudedad y de orfandad a la esposa y a su hija, así como a que ambas cobren una indemnización.

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