Sustracción de menores

La sustracción de menores, un delito muchas veces escondido tras un conflicto familiar

Aclaramos las dudas que hay alrededor de un delito, a veces enmascarado en conflicto familiar, la sustracción de menores.

Imagen para ilustrar información de sustracción de menores

Imagen para ilustrar información de sustracción de menoresCreada por la Inteligencia Artificial

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La desaparición de Gina despertó muchos miedos y fantasmas. No llegaron a cumplirse los 15 días, pero un solo minuto sin saber dónde se encuentra tu hijo puede convertirse en una eternidad.

Gina tiene 5 años y su madre el pasado 14 de diciembre presentó una denuncia por el padre biológico no devolvió a la pequeña, según lo acordado en el régimen establecido por el juzgado. La niña fue encontrada "sana y salva" en Italia el día de Navidad. Las visitas del padre estaba estipuladas fines de semana alternos, sin embargo ese día no entregó a la pequeña a su madre en el punto de encuentro. El caso, técnicamente, supone una sustracción de menores.

Así es como lo que comienza como un conflicto familiar se convierte en un problema legal. Según datos del Ministerio del Interior, en 2024 se perdió completamente el rastro de 443 menores en España, lo que equivale a más de un caso al día. ¿Cuándo una retención se convierte en una sustracción ilegal?,¿qué puede hacer el progenitor que se queda sin su hijo o hija?, ¿qué ocurre si el menor es trasladado a otro país?, ¿los procesos de recuperación son rápidos o pueden alargarse durante meses?

Vamos a intentar contestar a estas preguntas de la forma más sencilla posible de la mano de la información que la Asociación de Abogados de Familia tiene colgada en su web.

¿Qué es la sustracción de menores?

Con el Código Penal en la mano, la definición que tenemos es que se considerará sustracción de menores "el traslado de una persona menor de edad de su lugar de residencia habitual sin consentimiento del otro progenitor o de las personas o instituciones a las cuales estuviese confiada su guarda o custodia".

Efectivamente hablamos de un delito y las penas que se contemplan van de 2 a 4 años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad por tiempo de cuatro a diez años.

Lo más habitual es que la sustracción de menores se produzca en los procesos de ruptura de las parejas y suelen ser los padres o las madres quienes lo cometen aunque el Código Penal también se castiga a los ascendientes del menor y a los parientes del progenitor hasta el segundo grado de consanguinidad.

¿Qué ocurre si el menor es trasladado a otro país?

La sustracción de menores puede ser en territorio nacional o puede complicarse si el progenitor que no devuelve al niño lo traslada a un país diferente en el que reside de forma habitual. La situación se complica entonces porque entra en juego la justicia de otro país.

Cierto es que nuestro país tiene convenios internacionales que pueden aplicarse cuando un menor es trasladado de forma ilícita a otro país. Algunos de ellos son:

  • El Convenio de la Haya es especialmente importante porque además de por España está firmado por un total de 98 países y solo es aplicable entre ellos. Para los firmantes se establece un sistema de colaboración y una acción enfocada hacia el retorno inmediato del menor al país habitual. Será además el juez del país de residencia habitual, el encargado para decidir sobre su guardia y custodia.
  • Convenio del Consejo de Europa. A este convenio se le conoce como Convenio de Luxemburgo y agiliza las sentencias que se hayan dictado en un Estado parte.
  • Convenio con Marruecos. Es, hoy por hoy, el único que hay bilateral en este campo y trata sobre los mismos aspectos que los dos anteriores.

¿Qué puede hacer el progenitor que se queda sin su hijo o hija?

El primer consejo que dan los expertos es denunciar la sustracción ante la Policía Nacional y dejar constancia en cualquier comunicación que no autoriza la estancia fuera del domicilio habitual. El segundo igual de importante es contactar con un abogado especialista en esta materia.

Si el destino al que se han llevado al menor es uno de los firmantes del Convenio de la Haya los trámites se agilizarán. Si el país de destino del menor no es de la UE o no ha firmado el Convenio de La Haya el Ministerio de Justicia carece de competencia para poder tramitar y enviar la solicitud de restitución internacional y habrá que comenzar dicho proceso litigando directamente en el país donde se encuentra el menor. Entonces el abogado debe ser de dicho país.

El tiempo es un factor esencial ya que cuando pase un año desde que se haya producido el traslado el juez del país de acogida no ordenará la restitución si se puede demostrar que el menor está integrado en su nueva residencia.

¿Sirve arrepentirse y pedir perdón?

En el Código Penal hay contemplada una exención. "Cuando el sustractor haya comunicado el lugar de estancia al otro progenitor o a quien corresponda legalmente su cuidado dentro de las 24 horas siguientes a la sustracción con el compromiso de devolución inmediata que efectivamente lleve a cabo, o la ausencia no hubiere sido superior a dicho plazo de 24 horas, quedará exento de pena.

Si la restitución la hiciere, sin la comunicación a que se refiere el párrafo anterior, dentro de los quince días siguientes a la sustracción, le será impuesta la pena de prisión de seis meses a dos años".

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