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Tribunal

Una sentencia declara improcedente el despido de un conductor por oler a alcohol

El Tribunal Superior de Justicia considera improcedente el despido de un conductor que "olía a alcohol" y "caminaba de manera extraña".

Según el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, oler a alcohol en el trabajo no es sinónimo de embriaguez. Por lo que calificia de improcedente el cese de un conductor de mercancías al considerar que no quedó del todo probado que el hombre condujera bajo los efectos del alcohol.

Desde la Sala indicaron que el hecho de que varios empleados afimaran que "desprendía un fuerte olor a alcohol" no significa que éste hubiera bebido.

Estos hechos ocurrieron en junio de 2019, cuando el demandante recibinó uan carta en la que se le comunicaba su cese por haber conducido borracho el camión de la empresa. Y señalaba que varios compañeros les habían visto en dos ocasiones "caminando de manera extraña y doblado, balbuceando frases sin sentido y "desprendiendo un fuerte olor a alcohol".

Ahora, el fallo dictado por el juzgado declara improcedente el despido y obliga a la empresa a readmitir al empleado o a abonarle cerca de 50.000 euros en concepto de indemnización.

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