Guardia Civil

Sancionado un guardia civil por vender vino de uniforme estando de servicio

Las ventas tenían lugar en establecimientos de hostelería de localidades cercanas, incluidas en su mayor parte los núcleos operativos en los que los expedientados prestan su servicio.

Fachada del Tribunal Supremo

Fachada del Tribunal SupremoEFE

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El Tribunal Supremo confirma la sanción de seis meses de suspensión de empleo a un guardia civil destinado en Valladolid. El agente, junto a otro compañero, ofreció y vendió vino de una bodega a distintos establecimientos estando en servicio activo y vistiendo de uniforme.

Los clientes que adquirieron el vino lo hicieron porque ambos agentes se lo habían ofrecido "vistiendo de uniforme", ya que disponían "de sus propios proveedores", señala la resolución de agosto de 2021 de la ministra de Defensa, Margarita Robles, que imponía la sanción que ahora ha ratificado el alto tribunal.

Ambos guardias civiles estaban destinados en el puesto principal de Laguna de Duero de la Comandancia de la Guardia Civil de Valladolid. Entre los meses de mayo y julio del 2020 "ofrecieron y efectuaron venta de vino" de una bodega a varios establecimientos de hostelería de localidades cercanas, incluidas en su mayor parte los núcleos operativos en los que los expedientados prestan su servicio.

Se rebajan dos meses

El Supremo es tajante al afirmar que las pruebas obtenidas por los investigadores "en modo alguno pueden calificarse de ilegalmente obtenidas, ni pueden ser tachadas, en sus resultas, de inveracidad". La defensa del agente niega que se haya producido una "real y trascendente disminución de garantías" o "un menoscabo efectivo del derecho esencial de defensa" y no ve "admisible el alegato de indefensión" invocado por el guardia civil.

En opinión del tribunal, las pruebas con las que ha contado la autoridad disciplinaria son de "indubitable carácter incriminatorio o inculpatorio" para el agente y de ellas " se deduce lógicmanete" lo que se dio por probado en el expediente sancionador.

Asimismo, la resolución rebaja dos meses la sanción disciplinaria de suspensión de empleo como autor de una falta muy grave "consistente en desarrollar cualquier actividad que vulnere las normas sobre incompatibilidades".

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