Estado de alarma Madrid: ¿Se puede salir de Madrid hoy?

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Estado de alarma Madrid

¿Se puede salir de Madrid hoy?

¿Se puede salir de Madrid hoy? Lo cierto es que hasta las 17:00 horas aproximadamente nadie podía detener a los madrileños que quisieran marcharse por el Puente del Pilar. Pero ya ha entrado en vigor el estado de alarma, por lo que quienes vivan en las zonas confinadas ya no pueden salir.

Caos y confusión en Madrid en vísperas del Puente del Pilar. Así se han vivido las últimas horas en Madrid ante el desencuentro entre el Gobierno y la Comunidad de Madrid tras la decisión del TSJM de anular el jueves las restricciones de movilidad.

La presidenta Isabel Díaz Ayuso quería aprobar una nueva propuesta en la que las limitaciones volvieran a ser por zonas sanitarias, pero Pedro Sánchez rechazaba de pleno esta posición por lo que le advirtió de que estaba dispuesto a declarar el estado de alarma en Madrid. Así lo ha hecho en un Consejo de Ministros Extraordinario este viernes a mediodía.

Salvador Illa anunciaba poco antes de las 15:00 horas que se volvían a adoptar las "mismas medidas" que estaban en vigor hasta la decisión del TSJM del jueves. El único cambio es que entre los municipios con confinamiento perimetral ya no está Alcalá de Henares, ya que su situación epidemiológica ha mejorado.

¿Puedo salir de Madrid hoy?

Hasta que se ha publicado en el BOE el decreto del estado de alarma, los madrileños podían moverse con total libertad. Desde la Comunidad de Madrid se apelaba a la responsabilidad de los ciudadanos, pero se ha visto bastante afluencia en Atocha durante la mañana. La decisión del Gobierno ha entrado en vigor en torno a las 17:00 horas, por lo que quienes hayan salido de Madrid antes no debían temer las sanciones. Sin embargo, quienes a partir de esa hora no tengan una causa justificada para marcharse, podrán verse sujetos a multas de hasta 600.000 euros.

La Constitución establece que "el estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración".

En marzo, el Consejo de Ministros aprobó el estado de alarma el 14 de marzo y hubo unas horas de margen hasta que el decreto se publicó en el BOE y por lo tanto entró en vigor, sin embargo no parece probable eso ahora teniendo en cuenta que esta tarde comienza la operación salida por el puente del Pilar.

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