Jerez de la Frontera

La Policía localiza el cuerpo de una mujer en un pozo de Jerez de la Frontera

La Policía todavía está investigando para descubrir la identidad de la víctima y la causa de la muerte. Ya hay un detenido.

Localizado el cadáver de una mujer en un pozo a gran profundidad de una zona rural de Jerez de la Frontera

Localizado el cadáver de una mujer en un pozo a gran profundidad de una zona rural de Jerez de la Frontera Europapress

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La Policía Nacional ha localizado el cuerpo sin vida de una mujer dentro de un pozo de riego agrícola en la zona rural de Jerez de la Frontera. Todavía no se ha identificado a la víctima.

El pozo en el que fue arrojado el cuerpo contaba con una gran profundidad, tal es así que no podría haberse encontrado el cuerpo si la Policía no hubiese puesto en marcha esta mañana un amplio dispositivo que ha contado con la participación de especialistas de la Unidad de Subsuelo, Policía Científica y Unidad de Medios Aéreos.

En búsqueda de esclarecer los hechos, el cuerpo ha sido trasladado al Instituto de Medicina Legal ubicado en Cádiz para llevar a cabo la autopsia. Una vez finalizada se podrán conocer las causas de la muerte.

Aunque las actuaciones policiales se han declarado secretas, han dado a conocer que se ha procedido a la detención de un sospechoso.

El nuevo delito de ocultación de cadáver

Tendrá que determinarse si además de un posible delito de asesinato nos podríamos encontrar ante uno de ocultación del cadáver. Para que tenga lugar este delito el presunto asesino u homicida, en el caso de que exista, no solo habría buscado deshacerse del cuerpo sino evitar que el mismo fuese localizado.

La última reforma del Código penal (L.O. 14/2022, de 22 de diciembre) ha promulgado el delito de ocultación de cadáver, que busca ofrecer una respuesta punitiva "al sufrimiento que tal conducta puede ocasionar en los familiares o allegados de la persona fallecida, estableciendo una pena agravada con respecto a la prevista en el párrafo primero del artículo 173.1".

El delito está incluido en el Título VIII, entre los que afectan a la integridad moral debido a su naturaleza legal. A esto se añade un nuevo párrafo: "Igual pena se impondrá a quienes, teniendo conocimiento del paradero del cadáver de una persona, oculten de modo reiterado tal información a los familiares o allegados de la misma". Esto quiere decir que serán juzgadas tanto las personas que lleven a cabo la ocultación del cadáver como aquellas que conozcan la localización de este y no la proporcionen.

El legislador remarca que no estamos ante las consecuencias de un delito contra la vida, sino ante un injusto diferenciado cuya naturaleza jurídica prioritaria es la de ataque a la integridad moral de los familiares.

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