Sociedad
Muere una mujer tras una operación de rodilla y condenan a la Comunidad de Madrid a pagar 100.000 euros a la familia
La sentencia reconoce la existencia de un "daño desproporcionado" y la vulneración del derecho de información clínica de la paciente.

Publicidad
La operación de prótesis de rodilla a la que se sometió una mujer de 66 años en el Hospital Universitario Santa Cristina de Madrid en enero de 2021 tenía como objetivo mejorar su calidad de vida.
La intervención se realizó en ese centro para evitar la lista de espera de otros hospitales, y en un principio no presentó complicaciones quirúrgicas relevantes. Sin embargo, el estado de la paciente se deterioró rápidamente y acabó falleciendo mes y medio después.
Ahora, la Justicia le ha dado la razón a la familia. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a la Comunidad de Madrid y a su aseguradora a pagar 100.000 euros al viudo y al hijo de la mujer.
La sentencia reconoce la existencia de un "daño desproporcionado" y la vulneración del derecho de información clínica de la paciente. Se trata de una aplicación excepcional de esta doctrina jurídica, que invierte la carga de la prueba y obliga a la Administración a demostrar que el fallecimiento no tuvo relación con la actuación sanitaria.
Cronología de los hechos
La mujer salió del quirófano la tarde del 14 de enero, pero no fue trasladada a la planta el día siguiente. Su hijo recuerda que desde el principio notaron que algo no iba bien.
La paciente se mostraba inquieta, sufrió reacciones adversas a la medicación y finalmente fue trasladada a la UCI del Hospital Gregorio Marañón. En ese momento comenzó a presentar insuficiencia respiratoria, síndrome de distrés respiratorio agudo, fracaso renal y pequeños infartos cerebrales.
Falleció el 2 de marzo de 2021. La necropsia determinó como causa de la muerte una coagulación intravascular diseminada.
La familia, convencida de que no se trataba de una desgracia inevitable, decidió iniciar un proceso judicial. "Tuvimos alguna entrevista con los doctores, pero decidimos no dejarlo así", explicó el hijo al diario El País.
Presentaron una reclamación patrimonial contra la Administración por entender que hubo negligencia médica. La demanda reclamaba más de 150.000 euros, pero finalmente el tribunal ha fijado la indemnización en 100.000: 80.000 para el viudo y 20.000 para el hijo.
La resolución se apoya en la doctrina del "daño desproporcionado", una figura legal que se emplea en situaciones en las que una intervención médica menor deriva en un resultado anómalo y grave.
Según el fallo, en este caso, "concurre la existencia de un daño clamoroso sin que se hayan acreditado los motivos por los que la paciente contrajo las patologías que desencadenaron su fallecimiento".
Sin reconocimiento de mala praxis, pero con responsabilidad patrimonial
El TSJ no ha acreditado mala praxis médica, ni en la cirugía ni en el tratamiento anestésico. Aunque la paciente era alérgica al metamizol y otros fármacos, los informes médicos indican que lo tomaba habitualmente en comprimidos.
Aun así, el tribunal determina que el fallecimiento no puede desligarse del tratamiento postoperatorio, y que la Administración no acreditó lo contrario. "El daño es irreparable", reconoció el hijo. "Ella entró bien y contenta y salió fatal. Y a los dos días, a la UCI. Lo hemos pasado muy mal, es algo que todavía no te crees". Tras tres años de espera y con la sentencia firme, la familia encuentra una forma de reparación moral. "Había que hacer justicia", concluyó su hijo.
Síguenos en nuestro canal de WhatsApp y no te pierdas la última hora y toda la actualidad de antena3noticias.com
Publicidad