Animales

La ley de bienestar animal prevé multas de hasta 600.000 euros para quien participe en peleas de gallos

La nueva normativa también sancionará con 100.000 euros a los propietarios de circo que tengan a su cuidado animales salvajes.

Una pelea de gallos, foto de archivo

Una pelea de gallos, foto de archivoGetty Images

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La nueva Ley de Bienestar Animal que, salvo sorpresa de última hora será aprobada en el Consejo de Ministros de mañana viernes pero que ya fue presentada el pasado mes octubre por el Ministerio de Derecho Sociales, prevé multas de hasta 600.000 euros para quien participe u organice peleas de gallos y de hasta 100.000 para los propietarios de circo que tengan a su cuidado animales salvajes.

La ley ha tardado en salir adelante porque, según publica el diario '20 minutos', el Ministerio de Agricultura (del ala socialista) la ha estado frenando a causa de una serie de puntos que hacen referencia a la ganadería y a la caza.

Además de prohibir las peleas de gallos en las dos únicas comunidades autónomas en las que siguen siendo legales, Andalucía y Canarias, la nueva ley de bienestar animal veta la cría de visiones americanos. Desde el Ministerio de Ione Belarra -recoge ese mismo diario- sostienen que las granjas dedicadas a la cría de estos animales están siendo prohibidas en todos los países europeos.

Cría de animales exóticos

En cuanto a la cría de animales exóticos, el borrador de la ley establece, asimismo, la prohibición de la cría, comercialización y tenencia de animales exóticos que supongan "un posible riesgo para la seguridad pública o el medio ambiente", explican fuentes de Derechos Sociales según recoge '20 minutos'.

Entre estos animales considerados salvajes figuran las serpientes, tarántulas y otro tipo de especies venenosas o "invasoras", cuya venta estará castigada con multas de entre 30.001 y 100.000 euros.

Por último, la ley prevé medidas accesorias para los incumplimientos que pueden dar lugar al decomiso del animal y su entrega a una entidad de protección, así como la posibilidad de inhabilitar al propietario de la tenencia de animales "por un periodo máximo de cinco años para las infracciones graves y de cinco a diez años para las muy graves".

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