Uno de los magistrados, el que emitió el voto particular, no considera abuso y por eso pide la absolución porque no aprecia violencia fuerza, brusquedad y sí jolgorio, regocijo y cruda excitación sexual en el vídeo. Y esta interpretación del voto particular, obviamente, coincide con la del abogado de la defensa.
Las imágenes son solo 96 segundos de los 15 minutos de duración de los hechos. Los dos jueces que condenan a nueve años argumentan, que la denunciante se mantiene con los ojos cerrados, con actitud de pasividad sin exteriorizar goce o disfrute y creen la versión de la joven.
Aún así concluyen que no se ha probado el empleo de golpes empujones o desgarros, fuerza eficaz para apreciar violencia.
El abogado de la víctima asegura que " han hecho lo que tenían que hacer los magistrados, pero es una sentencia muy desafortunada".
La denunciante todavía no sabe si recurre o tira la toalla. Recurren, con seguridad, las defensas de los condenados y también la Fiscalía.