Canarias

Un juzgado de Lanzarote concede asilo a 44 personas que llegaron de forma clandestina tras calificarlo como "rescate humanitario"

La jueza entiende que con esta medida se puede asegurar su localización mientras se tramitan los expedientes.

Juzgado de instrucción de Arrecife

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En Arrecife, el juzgado de Instrucción número 3 ha ordenado la puesta en libertad de 44 personas que llegaban al Puerto de los Mármoles en la capital conejera escondidas a bordo de un remolcador procedente de Senegal tras la autorización de la Autoridad Marítima por razones humanitarias.

El suceso se produjo el 8 de agosto tras el aviso por parte de la embarcación del hallazgo de 49 personas en un portón amarrado por un cable al barco. En ese momento, el barco se encontraba en aguas cercanas al archipiélago. Ante la gravedad de la situación y dadas las condiciones infrahumanas en las que viajaban los polizones, la Delegación del Gobierno de Canarias autorizó el desembarco en Lanzarote con el fin de prestarles asistencia médica.

Una vez en el muelle, los migrantes, todos hombres, fueron atendidos por los servicios sanitarios y alojados en la carpa habilitada para emergencias humanitarias y llegadas irregulares. Allí permanecieron retenidos durante las siguientes 72 horas, el máximo establecido conforme a la normativa vigente en materia de extranjería.

Según el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), tres de estas personas indicaron al personal sanitario que eran menores de edad, por lo que, siguiendo el protocolo establecido, se encuentran a la espera de las pruebas médicas para la determinación de su edad siendo derivados al sistema de protección de menores.

En cuanto a las cinco de estas personas que no han podido sumarse a la solicitud de asilo, uno de ellos sigue hospitalizado, dos son solicitantes de asilo en frontera y otros dos son menores por lo que quedan bajo la tutela de la comunidad autónoma.

Denegada la solicitud de internamiento cautelar

La jueza a cargo del caso ha concedido la condición de asilo a los 44 solicitantes al entender que con esta medida se puede asegurar su localización mientras se tramitan los expedientes. Así lo ha comunicado a la Subdelegación del Gobierno, quien había solicitado un internamiento cautelar en un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) para una posterior repatriación a su país.

La magistrada descartaba así la privatización de la libertad de un solicitante, destacando la normativa de Asilo vigente en la que subraya "esta solo cabe por motivos de salud pública o seguridad" y a lo que añadió la legislación europea que establece el internamiento en un CIE como la última ratio para descartar otras alternativas como la concedida finalmente.

Con la sentencia en firme se determina la obligatoriedad de asignar un domicilio a los implicados para tener a estas personas localizables de forma permanente a efectos administrativos mientras se resuelven sus solicitudes de protección internacional.

El caso ha reavivado el debate sobre el uso de los CIE en España, el respeto al derecho de asilo y la gestión de una de las rutas migratorias más mortíferas que conecta a los países africanos con las islas Canarias, uno de los puntos más activos en las llegadas irregulares por vía marítima a Europa, muchas de ellas huyendo de conflictos bélicos, persecuciones y crisis humanitarias.

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