Negligencia médica

Un juez condena a dos enfermeras por una negligencia que causó la muerte la una niña en Vinaròs (Castellón)

El Juzgado de lo Penal número 1 de Vinaròs, en Castellón, ha condenado a 21 meses de cárcel y la inhabilitación temporal del trabajo a las dos enfermeras que, por una negligencia médica, causaron la muerte de una niña.

Hospital Comarcal de Vinaròs

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Negligencia médica

Un juez condena a dos enfermeras por una negligencia que causó la muerte la una niña en Vinaròs (Castellón)

El Juzgado de lo Penal número 1 de Vinaròs, en Castellón, ha condenado a 21 meses de cárcel y la inhabilitación temporal del trabajo a las dos enfermeras que, por una negligencia médica, causaron la muerte de una niña.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Vinaròs, en Castellón, ha condenado a dos enfermeras a 21 meses de cárcel. Las sanitarias estaban acusadas de cometer una negligencia que causó la muerte a una niña de dos años en el hospital del municipio. También se ha establecido en el fallo del juez la inhabilitación durante tres años y diez meses.

El juez ha probado que cometieron un delito de homicidio por imprudencia grave al administrar a la menor una pauta de fluidoterapia distinta a la prescrita por un médico, lo que provocó que la niña de dos años entrara en coma hiperglucémico y falleciera, según informa el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

La sentencia también establece indemnizaciones para los padres de la menor, la cantidad podría sumar casi 232.000 euros, de las que deberán responder las dos sanitarias condenadas, tres compañías de seguros y la Conselleria de Sanidad.

El titular del Juzgado de lo Penal 1 de Vinaròs entiende que la primera de las enfermeras, la del turno de la mañana, "incurrió en una conducta descuidada de la que resulta un proceder irreflexivo" al obviar que no podía "perfundir de forma directa el suero glucosado".

La enfermera administró las cantidades de suero no diluidas y a velocidades erróneas, "condenando el destino de la menor bajo cuyo cuidado se hallaba, por mucho que su turno estuviera concluyendo", afirma el juez.


En cuanto a la segunda acusada, concluye que infringió "la norma objetiva de cuidado más elemental en el ejercicio de su actividad sanitaria", al no percatarse del error de su compañera pese a las muchas ocasiones que tuvo para ello, "dando lugar al terrible resultado".