Fiscalía justifica separar a menores que llegan en patera de familiares indocumentados migrantes en patera llegan a Melilla y amenazan con tirar a los niños al agua

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Las Palmas

Fiscalía justifica que separa a los niños que llegan en patera de familiares indocumentados para proteger al menor

La Fiscalía General del Estado avala la decisión de la Fiscalía de Las Palmas de ingresar por separado a los niños que llegan en patera acompañados de adultos que dicen ser sus familiares pero que no tienen documentación. Cree la fiscalía que es una medida de protección a los menores que podrían ser víctimas de trata o ser usados con otros fines.

La Fiscalía General del Estado respalda la decisión, muy criticada, de la Fiscalía de Las Palmas de ingresar por separado a los menores de los adultos que llegan en patera indocumentados. Hasta que no se realiza la prueba de ADN y se obtiene su resultado, los niños, excepto los lactantes, viven en otro centro de acogida distinto al que están los que dicen ser sus familiares.

La Fiscalía justifica esta medida para proteger a los menores ya que se han dado varios casos de niños que han desparecido y que podrían haber sido víctimas de trata.

Evitar la trata

Este criterio de separarles se fijó tras constatarse, desde finales de 2019, las desapariciones "en un número alarmante de casos" de quienes decían ser madres de estos menores, comprobándose una vez recibidos los resultados de las pruebas de ADN que dichas mujeres no tenían vínculo biológico alguno con ellos.

Estas situaciones, explican a través de un comunicado, podrían responder al fenómeno conocido como 'niños ancla'. "Urgía pues proteger a los menores del riesgo de ser objeto de utilización para otros fines, o incluso para favorecer situaciones de trata", explica la Fiscalía. En el comunicado se explica también que este criterio está concebido "con carácter temporal", hasta que se descarta que exista riesgo grave para los menores.

Los niños que llegan en estas circunstancias son puestos a disposición de la Dirección General de Protección a la Infancia y a la Familia, quien, en el ejercicio de sus competencias, valora y debe valorar la conveniencia de mantener la situación de separación, o la de acordar, en cualquier momento, la reagrupación familiar si lo considera procedente.

Saturación y retraso en las pruebas de ADN

El Ministerio Fiscal, señala, además, que "la desmesurada presión migratoria sufrida específicamente en el ámbito de la Fiscalía Provincial de Las Palmas" ha dado lugar a que la notificación de los resultados de las pruebas de ADN que se llevan a la Policía Nacional "sufran grandes retrasos".

Para paliar esta situación, y puesto que se mantenían los contactos de los menores con las personas que afirmaban tener con ellos vínculo familiar, la Fiscalía propuso en una reunión mantenida el pasado 5 de octubre con la Delegación del Gobierno, que los técnicos de los centros de protección, en función de lo percibido en tales contactos con los menores, emitieran informe respecto de la situación detectada, de forma que la Dirección General pudiera acordar la reagrupación familiar, si así lo estimara procedente.

De este modo, el departamento que dirige Dolores Delgado, defiende que "la Fiscalía de Las Palmas no ha dejado de evaluar diariamente" la situación inicial de estos menores y "está adaptando sus criterios de actuación" que, además, serán objeto de revisión una vez se haya constatado la desaparición del riesgo que motivó su decisión. "En todo caso, la instrucción de la Fiscalía lo que ordena es poner a disposición de la autoridad administrativa competente a los menores en riesgo, para que sea esta quien evalúe la situación y adopte las decisiones oportunas con los criterios legales establecidos en función de las circunstancias individualizadas de cada uno de ellos", indica el texto.

Finalmente, añade que, por parte de la Fiscalía y "con la acogida favorable por las administraciones concurrentes y responsables", se ha propuesto la adopción de medidas para que se procuren espacios o centros en los que se garantice que los menores y sus progenitores mantengan la situación de convivencia, priorizando el interés superior del menor.