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POR ASESINATO Y ROBO CON VIOLENCIA

El Tribunal Supremo confirma la condena de 23 años de cárcel para el asesino de la peregrina Denise Pikka Thiem

La peregrina se desvió del Camino de Santiago para visitar una localidad leonesa y siguió las flechas que el asesino había modificado para que pasara por su finca.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 23 años de cárcel impuesta a Miguel Ángel Muñoz Blas por los delitos de asesinato y robo con violencia de los que fue víctima una peregrina estadounidense que realizaba el Camino de Santiago, Denise Pikka Thiem, en abril de 2015 cerca de Astorga (León).

El Supremo ha desestimado íntegramente el recurso de casación presentado contra el acusado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que a su vez ratificó el fallo dictado por un tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de León, según informan fuentes del TSJCyL.

Entre otros motivos, el recurso del acusado alegó ante el Supremo que se había vulnerado su derecho fundamental a la presunción de inocencia respecto de la alevosía, que entendía que se había considerado concurrente en el caso sobre la base de conjeturas y no pruebas.

El Supremo desestima la alegación y destaca que el jurado afirmó la concurrencia de la alevosía sobre la base de la desproporción física entre acusado y víctima, las condiciones del lugar en que la agresión tuvo lugar, así como la dinámica comisiva del hecho, propinando un fuerte golpe en la cabeza tal y como lo describe la prueba pericial que refiere las lesiones producidas.

"Resulta evidente que la intensidad del golpe, en un descampado inhóspito, sin presencia de personas y sin posibilidad de defensa permite la declaración fáctica de un hecho que los términos redactados a los que es de aplicación la agravación de alevosía que cualifica el homicidio", indican los magistrados del Supremo.

Insisten al respecto que, desde el hecho probado, "resulta clara la selección de un lugar y unos medios comisivos que son aprovechados para la causación de la muerte, sin riesgo propio, asegurando la ejecución sin posibilidad de defensa por parte de la víctima que en un acto de turismo deambula por un camino sin esperar un ataque en un lugar inhóspito y con la contundencia de un golpe en la cabeza".

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