Chupinazo | San Fermín 2017

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DE NACIONALIDAD FRANCESA

Dictan prisión provisional sin fianza para uno de los detenidos por agresión sexual en San Fermín

El juez ha impuesto esta medida para "asegurar la presencia del imputado" en el juicio, que se celebrará el próximo 21 de julio.

El juez de guardia de Pamplona ha decretado este jueves el ingreso en prisión provisional sin fianza de un detenido, de nacionalidad francesa, por un delito de agresión sexual y otro delito leve de lesiones por tocamientos con violencia realizados en un bar de la capital navarra el pasado martes 11 de julio.

La prisión la ha impuesto el juez a instancias de la acusación particular. El fiscal y la defensa han abogado por la libertad provisional. El juicio por estos hechos se celebrará el próximo 21 de julio, según ha informado el TSJN.

Según recoge el auto del juez, "la medida de prisión, a la vista de lo actuado, se evidencia como completamente imprescindible a fin de asegurar la presencia del imputado en el proceso". Indica que las acusaciones han solicitado para él una pena de 25 meses de prisión, "lo que implica que el juicio sólo podrá celebrarse si el acusado comparece en él, pues por la pena solicitada no puede celebrarse en su ausencia".

Según añade, "el Ministerio Fiscal, en apoyo de su falta de solicitud de medidas cautelares, justifica que en caso de no comparecer podrá dictarse una orden europea de detención y entrega para traerlo a España y celebrar el juicio".

En relación a este planteamiento, el juez considera que el hecho de que se disponga de ese instrumento jurídico "no es suficiente para conjurar el riesgo de que el juicio no pueda celebrarse o se dilate en exceso su celebración" porque no tienen "el más mínimo dato acerca del arraigo en Francia que pueda tener el detenido, de forma que no se pude presumir que será inmediatamente localizado y detenido y puesto a disposición de las justicia española".

Por otro lado, el juez indica que el juicio está señalado para una fecha "muy próxima", el 21 de julio, y que "en este tipo de delitos en los que la prueba fundamental son pruebas testificales es muy importante la proximidad entre la fecha de los hechos y la celebración del juicio a fin de que los testigos conserven lo más frescos posibles sus recuerdos". "Es notorio que conforme pasa el tiempo se tiene a ir olvidando las cosas, máxime cuando se trata de hechos ocurridos en muy poco tiempo y en pleno ambiente festivo, circunstancias ambas que no contribuyen precisamente a fijar indeleblemente lo ocurrido en la memoria de las personas", agrega.

Así, el juez señala que "la única forma de asegurar completamente que el juicio ya señalado pueda celebrarse con total seguridad en la fecha prevista (lo que, como se ha dicho, es imprescindible en este tipo de delitos y, por otro lado, redundará en una mayor percepción social de que el sistema judicial funciona debidamente, lo que también contribuye a evitar que hechos similares vuelvan a repetirseen el futuro) es mediante la prisión provisional del detenido".

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