El acusado, declarado culpable de asesinar al hijo de su pareja

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EN LOS MONTES DE MÁLAGA

Declaran culpable de asesinato al hombre acusado de dejar morir ahogado en una balsa al hijo de su pareja

El jurado ha considerado probado que el hombre arrojó "intencionadamente" al pequeño a la balsa, a sabiendas de que el niño tenía pánico al agua y nunca se hubiera acercado solo.

Un jurado popular ha declarado culpable de asesinato al hombre acusado de dejar morir ahogado en una balsa de los Montes de Málaga al hijo de 3 años de su pareja, en febrero del 2015, al entender que se trata de una muerte "deliberada y por venganza hacia la madre".

Los miembros del jurado han considerado probado, por siete votos a dos, que es culpable de haberse llevado al pequeño a la balsa y arrojarlo "intencionadamente" a la misma, engañando a la madre y diciéndole que se quedara en la casa para poder ejecutar el plan.

El portavoz del jurado ha señalado que "no merece el indulto ni ninguna medida de gracia" y que ha incurrido en el atenuante de confesión, pese a que dio diversas versiones de dónde estaba el menor.

El acusado ha permanecido impasible en la lectura del veredicto, y en los próximos días la magistrada presidenta del tribunal, Aurora Santos, dictará sentencia. El fiscal y las acusaciones han solicitado 20 años de prisión y han considerado que el atenuante de confesión no tiene consecuencias jurídicas ya que solo facilitó dónde estaba el cuerpo después de mentir en numerosas ocasiones mientras que la defensa argumenta que ayudó a recuperar el cuerpo y así poderle dar sepultura.

El jurado considera probado que el acusado, para ejecutar el crimen el 9 de febrero del 2015, se dirigió en su coche a recogerlo del colegio solo. En lugar de regresar al domicilio de la madre se desplazó al mirador Vázquez Sell de los Montes de Málaga, un paraje "recóndito y muy raramente transitado", donde hay una balsa de recogida de agua contra incendios.

Después de aparcar el coche y caminar por una zona de gran desnivel, ambos llegaron a la balsa, que estaba circundada por una verja metálica, aunque utilizaron una rotura en un lateral para acceder. Una vez dentro, el acusado, sabedor de que el menor no sabía nadar, lo arrojó sin miramientos al interior de la balsa, dejando que se ahogara sin ofrecerle el menor auxilio, ayuda que en todo momento pudo prestar.

Se considera probado también por parte de los miembros del jurado que el niño tenía pánico al agua y nunca se hubiera acercado solo, porque era muy obediente. Sobre la circunstancia atenuante solicitada por el abogado de la defensa porque padece un "déficit de inteligencia en grado leve o ligero", el jurado considera que no le merma la imputabilidad delictiva.

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