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ocurrido el 24 de julio de 2013

Concluye la investigación por el accidente del Alvia: la causa se seguirá contra el maquinista y un cargo de Adif

El magistrado ha adoptado esta determinación por si los hechos que les imputa constituyeran ochenta delitos de homicidio y 144 de lesiones por imprudencia grave profesional. De esta forma, acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa respecto a otros investigados.

El Juzgado de Instrucción número tres de Santiago de Compostela ha cerrado la investigación del accidente del tren Alvia, ocurrido el 24 de julio de 2013, y ha acordado que la causa siga abierta contra el maquinista y el exdirector de Seguridad en la Circulación de Adif. El juez instructor, Andrés Lago Louro, sitúa como investigados al entonces director de Adif, cuando se puso en marcha la línea Ourense-Santiago, Andrés Cortabitarte, y al maquinista, Francisco José Garzón Amo, por si fuesen responsables de 80 delitos de homicidio por imprudencia grave profesional y otros 144 de lesiones.

Salvo estas dos excepciones, ha archivado la causa respecto a los otros cinco investigados. El auto del que informa el Tribunal Superior de Justicia de Galicia acuerda, por tanto, el sobreseimiento provisional del caso contra el exdirector de Seguridad en la Circulación de Renfe Antonio Lanchares; y el gerente del área de Seguridad en la Circulación del noroeste de Adif, Fernando Rebón. También quedan fuera los tres técnicos de Ineco, la empresa pública encargada de evaluar la seguridad del mencionado trazado.

"De la ratificación de los peritos se puede inferir que, además de la imprudencia grave del maquinista, hay indicios para suponer que, por lo menos por parte de Adif, no se hizo todo lo posible para mitigar el riesgo que finalmente desembocó en el resultado producido", ha concluido el magistrado en su auto. De este modo, el juez instructor ha decidido concluir la fase de instrucción situando como investigados al maquinista, autor de la citada "imprudencia grave", y a Andrés Cortabitarte, quien "a instancias de Renfe autorizó la desconexión del sistema ERTMS sin realizar previamente una evaluación del riesgo que presentaba ese acto".

Ante esta circunstancia, y aunque ha señalado que "se puede discrepar sobre las medidas que se podían haber adoptado de haberse hecho una evaluación del riesgo", el magistrado ha concluido que "no se puede discutir que la curva representaba un riesgo en sí misma". "Ese riesgo fue detectado por la UTE Lavos y por Ineco y así se le comunicó a Adif", ha explicado el juez instructor en su auto, en el que ha denunciado que Adif "no hizo nada para evaluar y reducir el riesgo", de modo que "todos cumplieron con su deber, excepto quienes, en última instancia, tenían la capacidad de decidir cómo gestionar el riesgo de descarrilamiento".

El magistrado ha señalado a Cortabitarte como el responsable final de que "no existiera un procedimiento de evaluación de riesgos respetuoso con las exigencias de la normativa aplicable", ya que entiende que dicho procedimiento debería haberse aplicado "durante todo el ciclo de vida de un proyecto", lo que incluye "cuando éste experimenta algún cambio significativo". Dichos cambios se habrían producido en dos ocasiones: cuando se modificó el proyecto para dejar sin ERTMS los ocho kilómetros de la línea Ourense-Santiago anteriores a la estación de la capital gallega y cuando se decidió desconectar el sistema ERTMS del propio Alvia, dejando activo el ASFA Digital.

De este modo, el juez instructor ha situado como responsables paralelos a Cortabitarte y al maquinista, el único investigado en el anterior proceso de instrucción del caso. "Las diligencias practicadas permiten concluir que la causa directa, inmediata y que desencadenó el desgraciado accidente fue el exceso de velocidad derivado de una conducción negligente", ha señalado Lago Louro, quien ha recordado que el tren descarriló a 179 kilómetros por hora en una zona donde la velocidad máxima permitida era de 80.

El juez titular del Juzgado de Instrucción número tres de Santiago ha dado por finalizada la instrucción, por lo que ahora las partes tienen la oportunidad de recurrir el auto, elaborar sus escritos de acusación o solicitar diligencias complementarias en un plazo de diez días. El siniestro se produjo el miércoles 24 de julio de 2013, víspera del Día de Galicia y en plenas fiestas del Apóstol Santiago, cuando un tren Alvia que viajaba de Madrid a Ferrol (La Coruña) descarriló en la curva A Grandeira de Angrois, a unos tres kilómetros de la estación de Santiago de Compostela, y dejó 80 muertos y 144 heridos.

La defensa del maquinista del Alvia recurrirá el auto

La defensa del maquinista investigado por el caso Alvia recurrirá el auto emitido por el Juzgado de Instrucción número tres de Santiago, ya que, a pesar de compartir la decisión de imputar al director de Seguridad en la Circulación de Adif cuando se puso en marcha la línea Ourense-Santiago, Andrés Cortabitarte, considera que "no se ha profundizado lo suficiente". "Con respecto a mi defendido los argumentos no han cambiado con respecto a la anterior instrucción, en 2015, y ya expresamos nuestra disconformidad entonces; así que recurriremos una vez más porque hay muchas más evidencias de fallos de otros sistemas", ha asegurado el abogado del maquinista, Manuel Prieto.

En relación a Cortabitarte, Prieto ha asegurado compartir los razonamientos del juez instructor y, aunque entiende que "falta alguna cosa", los hechos "son suficientes para imputarlo", ya que tendría que haber hecho "una evaluación de riesgos en al menos tres fases". Con respecto al papel de Renfe, el abogado ha señalado que, ya que el auto "da una gran importancia a la llamada telefónica" de su defendido en el momento del accidente "y a cuándo debería haber colgado", el juez "tendría que haber profundizado sobre las obligaciones que tenía ante una llamada a través de un teléfono corporativo a la que tenía que atender".

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