Asesinato de Dénia

22 años y medio por matar a su expareja en presencia de su hija en Denia

El asesino no podrá acercarse a los hijos de la víctima y tendrá que indemnizarlos con 450.000 euros por daños morales.

22 años y medio por matar a su expareja en presencia de la hija menor de la víctima

22 años y medio por matar a su expareja en presencia de la hija menor de la víctimaGetty Images

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La Audiencia Provincial de Alicante condena a 22 años y medio de prisión a un hombre por delitos de allanamiento de morada y quebrantamiento de medida cautelar, en concurso con el delito de asesinato con alevosía.

El asesino vulneró la orden de alejamiento de su expareja y la degolló con la hija de la víctima presenciando el acto.

En la sentencia, la Sala distingue las agravantes de parentesco y de género y la atenuante de obcecación. El juicio se celebró el pasado 5 de noviembre siendo el hombre acusado culpable. En la sentencia, el asesino de la mujer de 44 años no podrá acercarse a 500 metros de los dos hijos de la víctima durante los próximos 32 años y medio. A modo de indemnización deberá aportar 450.000 euros por daños morales.

El hombre de 56 años mantuvo una relación con la víctima finalizada en 2018, ella lo denunció por violencia y un Juzgado de Violencia sobre la Mujer dictó como medida cautelar cualquier tipo de comunicación o acercamiento a la víctima.

Quebrantando la sentencia, la madrugada del 22 de octubre de 2019, el hombre acudió a la vivienda de su expareja en Dénia (Valencia) a través de la ventana del salón. Utilizó una escalera comprada la tarde anterior.

El asesino aprovecharía la condición de indefensión de la víctima “buscada por él al entrar en el domicilio de forma sorpresiva, por la noche y cuando ella se encontraba confiada en su casa durmiendo”, según la resolución judicial.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) señala que se trata de un asesinato “movido por un estado de ofuscación” debido a que el individuo creía injusta la privación del uso de su vivienda por parte de la víctima tras la sentencia de la denuncia.

La Audiencia Provincial de Alicante aplica el agravante de género ya que los actos se produjeron por razón de su "dominación sobre la víctima y desprecio a su condición de mujer que estimaba siendo injustamente protegida por ese hecho por la Policía y por el sistema judicial”.

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