Fiscal general
El Tribunal Supremo condena a García Ortiz por la filtración del correo del abogado de González Amador y la nota de prensa
De esta manera, considera probado que fue el entonces fiscal general, o una persona de su entorno y con su conocimiento, quien filtró el correo.

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El Tribunal Supremo condena a Álvaro García Ortiz por revelación de datos reservados por la filtración del correo del abogado de González Amador y por la nota informativa de Fiscalía. De esta manera, considera probado que fue el entonces fiscal general, o una persona de su entorno y con su conocimiento, quien filtró el correo. En cuanto a la nota informativa, que recogía la propuesta de conformidad de González Amador con reconocimiento de dos delitos, señalan que el propio acusado admitió su intervención en la misma.
"El fiscal general del Estado no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito", señala la sentencia, de 180 páginas, que subraya que sobre García Ortiz pesaba un reforzado deber de reserva que quebrantó sin justificación. La sentencia ve en la filtración del correo y en la nota de prensa una unidad de acción, al considerar que "la nota consolida la filtración iniciada por el correo" y la "oficializa".
El tribunal rechaza la tesis de que lo que ya haya sido divulgado no merezca la protección dispensable a la información secreta o reservada, o que lo que ya se conoce por el público se sitúe extramuros de la tutela penal que se dispensa a informaciones que puedan comprometer el derecho a la presunción de inocencia. "El deber de confidencialidad del Fiscal General del Estado —-en términos generales, de cualquier funcionario del Ministerio Fiscal— no desaparece por el hecho de que la información que él conoce por razón de su cargo ya ha sido objeto de tratamiento público". Agrega que el hecho de que medios de comunicación, en el caso de que resultara acreditado como hecho cierto, ya tuvieran el correo electrónico de 2 de febrero de 2024, "no neutraliza el deber de confidencialidad del Fiscal General del Estado".
La sentencia se ha conocido casi tres semanas después de que el tribunal que juzgó a García Ortiz adelantara el fallo por el que acordó condenarle a dos años de inhabilitación para el cargo y multa de 7.200 euros, además de a indemnizar a González Amador con 10.000 euros por daños morales.
Fue el pasado 24 de noviembre cuando Álvaro García Ortiz dimitió, cuatro días después de comunicarse el fallo. Tras ello, el Gobierno anunció que la fiscal de sala del TS Teresa Peramato era la candidata para relevarle como jefe del Ministerio Público.
El voto particular de Ana Ferrer y Susana Polo
Junto a la sentencia consta el voto particular de las magistradas progresistas Ana Ferrer y Susana Polo, que se han desmarcado de sus compañeros; Andrés Martínez Arrieta, Manuel Marchena, Antonio del Moral, Juan Ramón Berdugo y Carmen Lamela. Polo era la encargada de redactarla pero, debido a su discrepancia, la tarea recayó en Martínez Arrieta. El cambio de ponente y la obligación de comunicarlo a las partes fue lo que propició que se avanzara el fallo, según fuentes jurídicas, precisa Europa Press.
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