TC

La ponencia del Tribunal Constitucional avala el grueso de la ley de amnistía

La ponencia estima solo parcialmente el recurso del PP y avala el grueso de esta ley que el PSOE pactó con Junts.

Sede del Tribunal Constitucional

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La primera ponencia de sentencia del Tribunal Constitucional (TC) avala los principales aspectos de la ley de amnistía. Eso sí, no se pronuncia sobre el delito de malversación que afecta a Carles Puigdemont.

La ponencia que ha llevado a cabo la vicepresidenta del TC, Inmaculada Montalbán, respalda la constitucionalidad de gran parte de la ley de amnistía, pero estima parcialmente tres de los motivos de inconstitucionalidad esgrimidos por el PP, en su recurso presentado el pasado 9 de septiembre, sobre aspectos menores de norma.

Con lo que se conoce de momento, este recurso solo resolverá si la norma es o no constitucional, pero no entrará en el ámbito de su aplicación, es decir, no abordará los casos concretos de Puigdemont, Junqueras y el resto de líderes independentistas a quienes no se les ha aplicado la amnistía por el delito de malversación.

La ponencia que avala el grueso de la ley de amnistía será estudiada en los próximos días por los diez magistrados del tribunal de garantías constitucionales de cara al pleno del 10 de junio, puesto que el día 24 comenzarían las deliberaciones e intervenciones para cerrar la cuestión, que pueden prolongarse varios días, previsiblemente hasta el 26 de junio.

Ley de amnistía

La ley de amnistía cumple un año con muchos de sus objetivos políticos aún en la casilla de salida, debido a que los principales líderes independentistas, como el expresident Carles Puigdemont, se han quedado fuera de la misma, a la espera de lo que resuelva en breve el Tribunal Constitucional.

El recurso del PP

El recurso del PP va a marcar la línea a seguir al resto de la treinta que se está tramitando simultáneamente en el tribunal, entre ellos, 16 autonómicos, 6 cuestiones de inconstitucionalidad y 9 amparos. El del PP es el denominado "recurso de cabecera" por ser el que plantea más objeciones a la ley, a pesar de que fue posterior a otros, por ejemplo a la cuestión de inconstitucionalidad del Supremo.

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