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Restricciones Castilla y León

El Supremo suspende el toque de queda a las 20:00 horas en Castilla y León decretado por Fernández Mañueco

El Tribunal Supremo ha decidido suspender el adelanto del toque de queda en Castilla y León que, según había decretado Fernández Mañueco, era hasta las 20:00 horas como parte de las restricciones en la comunidad.

El Tribunal Supremo ha decidido suspender el adelanto del toque de queda en Castilla y León que, según había decretado Alfonso Fernández Mañueco, era hasta las 20:00 horas. La decisión del Supremo se produce tras el recurso del Gobierno, que entendía que esa regulación autonómica vulnera el decreto del estado de alarma, que fija restricciones de movilidad entre las 22:00 y las 6:00 horas.

La resolución de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo, que no entra en el fondo del asunto y se pronuncia únicamente sobre las medidas cautelares solicitadas por la Abogacía del Estado, deja por tanto sin efecto la medida que fue acordada el pasado día 15 de enero por el máximo responsable del Ejecutivo autonómico, que entró en vigor al día siguiente y que se ha venido aplicando en Castilla y León a lo largo de un mes.

El Gobierno recurrió porque consideraba que la regulación contenida en el acuerdo vulnera el Real Decreto 926/2000, que, al declarar el estado de alarma, determinó expresamente que tan solo que las autoridades competentes delegadas pudieran determinar en su ámbito territorial "que la hora de comienzo de la limitación prevista sea entre las 22:00 horas y las 00:00 horas y la hora de finalización de dicha limitación sea entre las 5:00 y las 7:00 horas".

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