Procés

Un diputado de ERC se refugia en Suiza después de que García Castellón lo vincule a Tsunami Democràtic

El objetivo de Wagensberg es preparar, desde Suiza, su defensa "política y jurídica".

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El diputado de ERC Ruben Wagensberg se ha instalado en Suiza tras ser vinculado a 'Tsunami Democràtic' por el juez Manuel García-Castellón. Según informa 'Europa Press', el objetivo del político catalán es preparar, desde el país transalpino, su defensa "política y jurídica".

Además, según ha avanzado la emisora de radio 'Rac1', el diputado republicano "estaba de baja después de sufrir ataques de ansiedad". El mismo medio ha añadido que los problemas psicológicos del diputado de ERC estarían motivados por "la persecución a la que le ha sometido y por la acusación por terrorismo".

En Suiza reside actualmente otro miembro de ERC, Marta Rovira, que de acuerdo a la investigaciones del juez García Castellón, tuvo un papel fundamental en las protestas llevadas a cabo por la organización 'Tsunami Democràtic'.

Prórroga de la causa 'Tsunami Democràtic'

El juez García Castellón ha prorrogado seis meses más -hasta el 29 de julio- la instrucción de la causa al faltar diligencias que practicar. El magistrado apunta que las investigaciones señalan que 'Tsunami Democràtic' fue una organización estructurada, jerarquizada y con vocación de permanencia y cuya finalidad esencial era subvertir el orden constitucional, desestabilizar económica y políticamente el Estado y alterar el orden público mediante la movilización social masiva.

En su auto, el magistrado reitera que desde la provisionalidad de este momento de la investigación, los hechos investigados serían susceptibles de ser calificados como delito de terrorismo del artículo 571 y siguientes del Código Penal.

La pena que se podría imponer por el Código Penal

A continuación se detallan los artículos 571 y 572 del Código Penal, referidos a los delitos de terrorismo.

  • Artículo 571.

"A los efectos de este Código se considerarán organizaciones o grupos terroristas aquellas agrupaciones que, reuniendo las características respectivamente establecidas en el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 570 bis y en el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 570 ter, tengan por finalidad o por objeto la comisión de alguno de los delitos tipificados en la sección siguiente".

  • Artículo 572.

"1. Quienes promovieran, constituyeran, organizaran o dirigieran una organización o grupo terrorista serán castigados con las penas de prisión de ocho a catorce años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de ocho a quince años".

"2. Quienes participaran activamente en la organización o grupo, o formaran parte de ellos, serán castigados con las penas de prisión de seis a doce años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a catorce años".

'No' de Junts a la amnistía

La proposición de ley de amnistía impulsada por el PSOE fue rechazada el martes por el pleno del Congreso al no contar con los votos de Junts, obligando a que el texto vuelva ahora a la Comisión de Justicia y se reabra la posibilidad de negociar cambios.

Las razones para esa negativa por parte del partido de Carles Puigdemont son, precisamente, que no incluya todos los delitos de terrorismo y tampoco la alta traición. En paralelo, los jueces García Castellón y prorrogaron otros seis meses las investigaciones del Tsunami Democratic y de los presuntos lazos del Procès con el régimen de Vladimir Putin.

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